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Ley Foral 25/2018, de 28 de noviembre, de modificación del Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril.

BOE-A-2018-17139Publicada: 15/12/2018COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Ley Foral 25/2018, de 28 de noviembre, de modificación del Texto Refundido del I ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley Foral 25/2018 modifica el Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, incorporando una nueva figura fiscal para las escrituras de constitución de préstamo con garantía hipotecaria cuando las cooperativas sean prestamistas. 2. **CONTEXTO** La Ley Foral 25/2018 fue aprobada por el Parlamento de Navarra el 28 de noviembre de 2018. Se enmarca en el marco del régimen fiscal de Navarra y busca adaptar el sistema tributario a las características del mercado hipotecario, especialmente en el sector de la vivienda. La norma se publicó en el Boletín Oficial de Navarra el 4 de diciembre de 2018 y entró en vigor el día siguiente. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley Foral 25/2018 introduce una modificación al Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 129/1999. La principal novedad radica en la inclusión del beneficio fiscal previsto en el artículo 27.1.b) de la Ley Foral 9/1994, de 21 de junio, reguladora del régimen fiscal de las cooperativas, en los supuestos de escrituras de constitución de préstamo con garantía hipotecaria cuando las cooperativas actúen como prestamistas. Esta medida busca reconocer el papel especial de las cooperativas en el mercado financiero y facilitar su participación en el sector hipotecario, al tiempo que mantiene la estabilidad fiscal del sistema. La modificación se materializa en el artículo 1 de la Ley Foral 25/2018, que establece que las escrituras de constitución de préstamo con garantía hipotecaria, en los casos en que las cooperativas sean prestamistas, gozarán del beneficio fiscal previsto en el artículo 27.1.b) de la Ley Foral 9/1994. Este beneficio consiste en la exención parcial del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados, aplicable a ciertos tipos de operaciones. La norma se complementa con una disposición final primera, que modifica el artículo 23.1 de la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, incorporando una nueva letra m) que se refiere a la deuda tributaria del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad Actos Jurídicos Documentados, documentos notariales, en los supuestos a que se refiere el párrafo segundo del artículo 21 del Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Además, la Ley Foral 25/2018 incluye una disposición final segunda que habilita al Gobierno de Navarra para dictar disposiciones complementarias necesarias para el desarrollo y ejecución de la norma. Por último, la disposición final tercera establece que la ley entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, lo que se cumplió el 5 de diciembre de 2018. Esta norma se enmarca en el marco de la regulación fiscal de Navarra, que busca adaptar el sistema tributario a las realidades del mercado hipotecario y fomentar la participación de entidades como las cooperativas en el sector financiero. La modificación introduce una flexibilidad fiscal que puede tener implicaciones en la estructura de los préstamos hipotecarios y en la planificación fiscal de las cooperativas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley Foral 25/2018 modifica el régimen fiscal del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, incorporando un beneficio fiscal para las cooperativas que actúen como prestamistas en escrituras de préstamo con garantía hipotecaria. La norma busca adaptar el sistema tributario a las características del mercado hipotecario y fomentar la participación de las cooperativas en el sector financiero. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del régimen fiscal del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados** ⚠️ **Inclusión de un beneficio fiscal para cooperativas prestamistas en escrituras hipotecarias** 📋 **Nueva letra m) en el artículo 23.1 de la Ley Foral 26/2016** ℹ️ **Entrada en vigor el 5 de diciembre de 2018** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Navarra - **Fuente**: Ley Foral 25/2018 - **Tipo**: Ley Foral - **Fecha**: 28 de noviembre de 2018 - **Materias**: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, cooperativas, préstamos hipotecarios, régimen fiscal - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley Foral 25/2018, el régimen fiscal de Navarra no contemplaba específicamente el tratamiento fiscal de las escrituras de constitución de préstamo con garantía hipotecaria cuando las cooperativas actuaban como prestamistas. Esta norma introduce una figura fiscal innovadora, adaptándose al marco estatal y europeo, que busca simplificar y modernizar el sistema tributario en el sector de la vivienda. La importancia de esta modificación radica en su impacto en la actividad financiera de las cooperativas, al permitirles beneficiarse de una exención fiscal en determinados supuestos, lo que puede influir en su viabilidad económica y en la accesibilidad crediticia para los ciudadanos.

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