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Orden HAC/394/2019, de 3 de abril, por la que se fijan las cantidades de las subvenciones a los gastos originados por actividades electorales para las elecciones al Parlamento Europeo y locales de 26 de mayo de 2019.

BOE-A-2019-5084Publicada: 06/04/2019MINISTERIO DE HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HAC/394/2019, de 3 de abril, por la que se fijan las cantidades de las sub ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Ministerio de Economía y Hacienda establece las cantidades de las subvenciones para gastos electorales en las elecciones al Parlamento Europeo y locales del 26 de mayo de 2019. **2. CONTEXTO** La Orden HAC/394/2019 se emite en respuesta a la convocatoria de elecciones al Parlamento Europeo y locales realizada por los Reales Decretos 206/2019 y 209/2019. La Ley Orgánica 5/1985 otorga al Ministerio de Economía y Hacienda la competencia para fijar las subvenciones a los gastos electorales. La Ley 2/2015 establece un régimen de desindexación en la economía pública, lo que influye en la fijación de las cantidades subvencionadas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HAC/394/2019, de 3 de abril de 2019, establece las cantidades de las subvenciones a los gastos originados por actividades electorales para las elecciones al Parlamento Europeo y locales del 26 de mayo de 2019. Esta norma se basa en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, que en sus artículos 193 y 227 regula las subvenciones para gastos electorales en elecciones municipales y al Parlamento Europeo, respectivamente. Según el apartado 4 de ambos artículos, el Ministerio de Economía y Hacienda debe fijar las cantidades actualizadas en los cinco días siguientes a la convocatoria de elecciones. La Orden HAC/394/2019 se fundamenta en el artículo 227.3 de la Ley Orgánica 5/1985, que, en su redacción dada por la disposición final cuarta de la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo, establece que el Estado subvencionará los gastos electorales originados por el envío directo y personal a los electores, en al menos una Comunidad Autónoma, de sobres y papeletas electorales o de propaganda electoral. La Orden establece las siguientes cuantías por elector, dependiendo del porcentaje de votos obtenidos por la candidatura: - 0,15 euros si la candidatura obtuvo al menos un Diputado y al menos un 15 por 100 de los votos válidos emitidos. - 0,11 euros si la candidatura obtuvo al menos un Diputado y al menos un 6 por 100 de los votos válidos emitidos. - 0,029 euros si la candidatura obtuvo al menos un Diputado y al menos un 3 por 100 de los votos válidos emitidos. - 0,019 euros si la candidatura obtuvo al menos un Diputado y al menos un 1 por 100 de los votos válidos emitidos. Además, la Orden menciona que la subvención por gastos de difusión de papeletas se calcula multiplicando por 0,19 euros el número de habitantes correspondientes a la población de derecho de las secciones electorales donde se haya solicitado la difusión. La cantidad subvencionada no está incluida dentro del límite previsto en el artículo 5 de la Orden, siempre que se justifique la realización efectiva de la actividad. La Orden entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HAC/394/2019 establece las subvenciones para gastos electorales en las elecciones del 26 de mayo de 2019, basándose en la Ley Orgánica 5/1985 y la Ley 2/2015. Las cantidades se fijan según el porcentaje de votos obtenidos por las candidaturas. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Subvenciones por gastos electorales**: Se establecen cuantías específicas según el porcentaje de votos obtenidos. ⚠️ **Ley de desindexación**: La Ley 2/2015 influye en la fijación de las cantidades, evitando ajustes por índices de precios. 📋 **Criterios de concesión**: Se requiere que la candidatura haya obtenido al menos un Diputado y un porcentaje mínimo de votos válidos. ℹ️ **Entrada en vigor**: La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden HAC/394/2019 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 3 de abril de 2019 - **Materias**: Elecciones, subvenciones, gastos electorales, régimen electoral - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden HAC/394/2019, las subvenciones para gastos electorales estaban reguladas por la Ley Orgánica 5/1985, que otorgaba al Ministerio de Economía y Hacienda la competencia para su fijación. Esta norma establecía un marco general que aplicaba tanto a elecciones locales como al Parlamento Europeo, sin diferenciación clara entre CCAA y el Estado. La Orden de 2019 introduce una regulación específica para las elecciones del 26 de mayo de 2019, ajustando las cantidades subvencionadas en función del régimen de desindexación de la Ley 2/2015. Es importante porque refleja la adaptación de las subvenciones a la coyuntura económica y establece un marco más preciso para la financiación electoral.

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