Resolución de 4 de abril de 2019, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 24 de marzo de 1992, sobre organización y atribución de funciones a la inspección de los tributos en el ámbito de la competencia del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 4 de abril de 2019, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Adm ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 4 de abril de 2019 modifica la Resolución de 1992 para atribuir a la Oficina Nacional de Investigación del Fraude la competencia en la planificación, selección y seguimiento de actuaciones sobre patrimonios relevantes de contribuyentes. 2. **CONTEXTO** La norma se enmarca en la reorganización interna de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Se busca mejorar la eficacia en el control de patrimonios relevantes mediante la centralización de funciones en un órgano específico. La modificación se realiza en el marco de la Orden PRE/3581/2007, que establece la estructura y competencias de los departamentos de la Agencia. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 4 de abril de 2019, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, modifica la Resolución de 24 de marzo de 1992, con el objetivo de reorganizar y atribuir funciones en materia de inspección tributaria. En concreto, se modifica el apartado 2.1 de la Resolución para atribuir a la Oficina Nacional de Investigación del Fraude la competencia en la planificación, selección y seguimiento de actuaciones relacionadas con patrimonios relevantes de contribuyentes. Esta medida se justifica por las características especiales de estos contribuyentes, que requieren un análisis detallado y mecanismos específicos de investigación y selección, así como el uso de herramientas informáticas para un control eficaz. La Orden PRE/3581/2007, de 10 de diciembre, establece los Departamentos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y sus funciones. En particular, el artículo 5.1.j) atribuye al Departamento de Inspección Financiera y Tributaria las labores de coordinación y establecimiento de directrices en materia de selección de contribuyentes. Sin embargo, la Resolución de 2019 modifica esta atribución, centralizando la competencia en la Oficina Nacional de Investigación del Fraude. Además, se modifica el apartado 2.2 de la Resolución para atribuir a la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional la tramitación de procedimientos amistosos y acuerdos previos de valoración. Esto se hace con el fin de establecer mecanismos más ágiles y eficientes en la gestión de estos procedimientos. En cuanto a la disposición adicional segunda, se establece que el titular del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria podrá autorizar la colaboración de funcionarios de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude y de la Oficina Nacional de Fiscalidad Internacional en actuaciones propias de Equipos de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero de la Delegación Central. Asimismo, se permite la colaboración entre las Delegaciones Especiales y la Dependencia de Control Tributario y Aduanero, siempre que se respete el marco legal establecido en la Orden PRE/3581/2007. La Resolución entra en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», lo que implica que su aplicación se hará efectiva una vez que se haga pública. Esta norma refleja una reorganización interna de la Agencia Estatal de Administración Tributaria con el objetivo de optimizar recursos y mejorar la eficacia en la inspección tributaria. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución modifica la atribución de funciones en materia de inspección tributaria, centralizando la competencia en la Oficina Nacional de Investigación del Fraude. Se busca mejorar la eficacia en el control de patrimonios relevantes y optimizar recursos. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Atribución de funciones**: La Oficina Nacional de Investigación del Fraude se encarga de la planificación, selección y seguimiento de actuaciones sobre patrimonios relevantes. ⚠️ **Reorganización interna**: La norma refleja una reorganización de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para mejorar la eficacia en la inspección tributaria. 📋 **Colaboración entre órganos**: Se permite la colaboración entre distintas dependencias y oficinas para garantizar una gestión eficiente. ℹ️ **Entrada en vigor**: La Resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 4 de abril de 2019 - **Materias**: Administración tributaria, inspección, control fiscal, patrimonios relevantes - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2019, la inspección tributaria en España estaba distribuida entre distintos órganos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sin una centralización clara en materia de patrimonios relevantes. Esta norma introduce una reorganización que atribuye dichas funciones a la Oficina Nacional de Investigación del Fraude, buscando una mayor eficacia en la detección de irregularidades. Esta modificación se enmarca en un marco de coordinación entre las comunidades autónomas y el Estado, alineándose con la Orden PRE/3581/2007, y refleja una evolución hacia un control más integrado y especializado, con implicaciones en la cooperación entre niveles de gobierno y en la eficacia de la fiscalidad.