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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 29 de enero de 2018, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueban los precios de referencia para calcular el valor de la extracción de gas, petróleo y condensados correspondientes al año 2017.

BOE-A-2018-1681Publicada: 08/02/2018MINISTERIO DE ENERGÍA, TURISMO Y AGENDA DIGITAL

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una Resolución del Gobierno de España que fija los precios oficiales que se usarán en 2017 para calcular el impuesto que deben pagar las empresas que extraen petróleo, gas natural y otros derivados del subsuelo español. Estos precios se aplican para determinar cuánto impuesto corresponde y cuánto dinero deben recibir los propietarios de los terrenos bajo los que se extrae. **¿A quién afecta?** Afecta a las empresas que tienen permiso para explotar yacimientos de petróleo, gas y condensados en España. También afecta a los propietarios de los terrenos bajo los cuales se realiza la extracción, quienes recibirán pagos calculados con estos precios. **¿Qué cambia o establece?** Establece los precios de referencia para 2017: petróleo crudo a 47,46 euros por barril, gas natural a 21,04 euros por megavatio-hora, y condensados (nafta, queroseno, gasóleo, propano y butano) con precios entre 363 y 451 euros por tonelada. La Resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

💬 Contexto ciudadano

Desde el régimen anterior de concesiones mineras, España mantiene un sistema de precios referenciales anuales para valuar la extracción de recursos naturales, permitiendo estandarizar la tributación. Esta Resolución se alinea con directivas energéticas europeas que buscan internalizar costes ambientales, aunque España—como otros miembros UE—ejerce mayor flexibilidad estatal que las comunidades autónomas, sin competencias aquí. Francia, Noruega y el Reino Unido emplean sistemas comparables. La relevancia ciudadana es directa: estos precios determinan ingresos públicos por regalías que financian transición energética y servicios; precios bajos implican menos recursos para políticas climáticas. Las empresas extractoras requieren certidumbre regulatoria, mientras que la sociedad espera que los bienes naturales públicos generen máximo valor colectivo.

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