Real Decreto 311/2019, de 26 de abril, por el que se modifican los anexos II.2 y V.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 311/2019, de 26 de abril, por el que se modifican los anexos II.2 y ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 311/2019 modifica los Anexos II.2 y V.2 de la Ley 15/2003, estableciendo una cuantía específica para el complemento de destino en las carreras judicial y fiscal. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 311/2019 se inscribe en el marco de un acuerdo firmado en 2018 entre el Gobierno y sindicatos, que permitió un incremento salarial adicional del 0,2%. Este incremento fue destinado a mejorar la productividad y eficiencia en el sector público. La Ley 6/2018 autorizó este aumento, y el Ministerio de Hacienda asignó 1.320.000 euros para su aplicación en las carreras judicial y fiscal. El Real Decreto modifica los anexos que regulan las retribuciones en estas carreras, con base en el informe del Consejo General del Poder Judicial y del Consejo Fiscal. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 311/2019, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 26 de abril de 2019, modifica los Anexos II.2 y V.2 de la Ley 15/2003, de 26 de mayo, reguladora del régimen retributivo de las carreras judicial y fiscal. Estos anexos establecen las cuantías del complemento de destino para los puestos de Jueces y fiscales del Grupo de población 5, tercera categoría. Concretamente, el artículo único del Real Decreto fija el complemento de destino en 193,74 euros mensuales tanto para los Jueces como para los fiscales del Grupo de población 5, tercera categoría. La modificación se realiza con efectos económicos desde el 1 de enero de 2018, lo que indica que el incremento salarial fue aplicado retroactivamente. Además, la disposición adicional única establece que las cuantías mencionadas incluyen el incremento global de retribuciones del 1,5% autorizado en el artículo 18.Dos, párrafo primero, de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018. La disposición final primera autoriza a la Ministra de Justicia para adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución del Real Decreto, mientras que la disposición final segunda establece que el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación. El Real Decreto se fundamenta en el artículo 18.Dos de la Ley 6/2018, que autorizó el incremento salarial adicional del 0,2%, y en la disposición final primera de la Ley 15/2003, que prevé la posibilidad de actualización de las retribuciones mediante real decreto, previo informe del Consejo General del Poder Judicial. Asimismo, el Real Decreto fue sometido a informe del Consejo Fiscal y del Consejo General del Poder Judicial, lo que garantiza su conformidad con el marco normativo vigente. La aplicación de este real decreto refleja la voluntad del Gobierno de ajustar las retribuciones en las carreras judicial y fiscal de acuerdo con los compromisos asumidos en el marco del acuerdo de 2018. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 311/2019 modifica los anexos de la Ley 15/2003 para establecer una cuantía específica del complemento de destino en las carreras judicial y fiscal. Esta modificación se basa en el incremento salarial autorizado en 2018 y se aplica con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2018. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de cuantías**: Se establece un complemento de destino de 193,74 € mensuales para Jueces y fiscales del Grupo de población 5, tercera categoría. ⚠️ **Retroactividad**: El incremento se aplica desde el 1 de enero de 2018. 📋 **Base legal**: Se basa en el acuerdo de 2018 y en la Ley 6/2018 de Presupuestos. ℹ️ **Autorización**: La Ministra de Justicia puede adoptar medidas para su desarrollo. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 311/2019 - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 26 de abril de 2019 - **Materias**: Derecho laboral, retribuciones, carreras judiciales y fiscales - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes del Real Decreto 311/2019, las retribuciones en las carreras judicial y fiscal estaban reguladas por los anexos II.2 y V.2 de la Ley 15/2003, sin una cuantía específica para el complemento de destino. Este régimen era aplicable a nivel estatal y, en ciertos casos, se adaptaba a las particularidades de las Comunidades Autónomas (CCAA), aunque con limitaciones. La importancia de este real decreto radica en que establece una base cuantitativa para el complemento de destino, armonizando las retribuciones entre el Estado y las CCAA, y reflejando un acuerdo entre el Gobierno y sindicatos para mejorar la productividad en el sector público.