Resolución de 13 de junio de 2019, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2019 relativos a las cuotas nacionales y provinciales y se establece el lugar de pago de dichas cuotas.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 13 de junio de 2019, del Departamento de Recaudación de la Agencia ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 13 de junio de 2019 establece el plazo de ingreso en periodo voluntario y el lugar de pago para las cuotas nacionales y provinciales del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2019. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se enmarca en el marco normativo del sistema tributario español, regulado por leyes como la Ley 39/1988 y la Ley 58/2003. El objetivo es regular la recaudación de las cuotas del Impuesto sobre Actividades Económicas, que son recaudadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. La norma establece cómo se deben ingresar dichas cuotas y cuándo se puede hacerlo en periodo voluntario. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 13 de junio de 2019, dictada por el Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de las cuotas nacionales y provinciales del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2019. Según el artículo 23 del Reglamento General de Recaudación (Real Decreto 939/2005), la recaudación de deudas de vencimiento periódico puede realizarse mediante diversas modalidades, incluyendo el ingreso en periodo voluntario. El artículo 62.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, otorga a la Administración Tributaria la facultad de modificar dicho plazo. La Orden PRE/3851/2007, en su artículo 6.2, atribuye al titular del Departamento de Recaudación la competencia para modificar el plazo voluntario de ingreso de las deudas de notificación colectiva y periódica. La Resolución establece que las cuotas nacionales y provinciales del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2019 se cobrarán a través de las Entidades de crédito colaboradoras en la recaudación, con el documento de ingreso que se enviará al contribuyente. En caso de no recibir dicho documento o haberlo extraviado, el ingreso se realizará en la Delegación o Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente a la provincia del domicilio fiscal del contribuyente, en el caso de cuotas nacionales, o a la provincia donde se realice la actividad, en el caso de cuotas provinciales. Además, se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario, que se extiende desde el 16 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2019, ambos inclusive. Esta modificación se fundamenta en la necesidad de garantizar una correcta recaudación de las cuotas, facilitando al contribuyente un periodo más amplio para realizar el pago sin sanciones. La norma se dicta en cumplimiento de las competencias atribuidas a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, que, según el Real Decreto Legislativo 1175/1990, tiene la responsabilidad de recaudar las cuotas nacionales y provinciales del Impuesto sobre Actividades Económicas. La Ley 39/1988, de 28 de diciembre, establece el marco legal de las Haciendas Locales, incluyendo el Impuesto sobre Actividades Económicas, cuyas cuotas se gestionan conforme a las normas vigentes. Esta resolución no introduce cambios sustanciales en la naturaleza del impuesto, sino que se centra en la organización y el plazo de pago, con el objetivo de mejorar la eficacia de la recaudación y facilitar al contribuyente el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece un nuevo plazo para el pago voluntario de las cuotas del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2019. El pago se realizará a través de entidades colaboradoras o en oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. La norma busca garantizar una correcta recaudación del impuesto. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Plazo de pago extendido**: Desde el 16 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2019. ⚠️ **Lugar de pago**: Entidades colaboradoras o oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 📋 **Documentación**: Se requiere el documento de ingreso o su duplicado en caso de pérdida. ℹ️ **Bases legales**: Ley 58/2003, Ley 39/1988, Real Decreto 939/2005 y Orden PRE/3851/2007. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 13 de junio de 2019, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 13 de junio de 2019 - **Materias**: Impuesto sobre Actividades Económicas, recaudación, periodo voluntario, pago de cuotas - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución de 2019, el sistema de recaudación del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) en España se regía por normas estatales y autonómicas, con diferencias en plazos y procedimientos entre las Comunidades Autónomas. La norma establece un marco común para el pago en periodo voluntario, alineándose con el marco de la Unión Europea, que promueve la transparencia y la eficacia en la recaudación tributaria. Importa porque busca armonizar prácticas fiscales, facilitar la cumplimentación de obligaciones y reducir la evasión, garantizando una aplicación más uniforme y eficiente del sistema tributario nacional.