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ResoluciónNacionalvigente

Decreto-ley Foral 1/2019, de 27 de marzo, por el que se modifica parcialmente la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades.

BOE-A-2019-8513Publicada: 08/06/2019COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Decreto-ley Foral 1/2019, de 27 de marzo, por el que se modifica parcialmente la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Decreto-ley Foral 1/2019 modifica parcialmente la Ley Foral 26/2016 del Impuesto sobre Sociedades, incorporando el periodo transitorio establecido en el Real Decreto-Ley 27/2018 para evitar incidencia tributaria en ciertas reclasificaciones de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto-Ley 27/2018 estableció un periodo transitorio (3 de enero de 2018 al 30 de marzo de 2019) para que ciertas reclasificaciones de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva resultaran neutrales fiscalmente. Estas reclasificaciones se derivaban de la aplicación de la Directiva Mifid II, que modificó las normas sobre incentivos en el mercado financiero. El Decreto-ley Foral 1/2019 incorpora esta medida al ámbito foral de Navarra, con el objetivo de alinear la normativa local con la estatal y facilitar la transición sin impacto tributario para los inversores. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Decreto-ley Foral 1/2019 modifica la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, incorporando el periodo transitorio establecido en el Real Decreto-Ley 27/2018, de 28 de diciembre. Este periodo transitorio, que abarca del 3 de enero de 2018 al 30 de marzo de 2019, permite que ciertas reclasificaciones de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva no tengan incidencia tributaria para los inversores. Según el texto del decreto-ley, las reclasificaciones de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva, que se realicen en el periodo transitorio, no darán lugar a la obtención de renta para el partícipe o accionista a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. Además, las nuevas participaciones o acciones asignadas a los partícipes o accionistas reclasificados conservarán el valor y la fecha de adquisición que tuvieran las participaciones o acciones a las que sustituyen. El tratamiento previsto será igualmente de aplicación en las reclasificaciones entre instituciones de inversión colectiva, o entre sus compartimentos, clases o series de sus participaciones o acciones, previstas en los artículos 96.2 de la Ley Foral y 52.2.a) del Texto Refundido de la Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, siempre que la reclasificación tenga como único objeto el previsto en el apartado 1. El decreto-ley también establece que será remitido al Parlamento de Navarra a efectos de su convalidación, conforme a lo establecido en el artículo 21 bis.2 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. Además, entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra», con los efectos en él señalados. El objetivo principal del decreto-ley es garantizar que los inversores de instituciones de inversión colectiva no sufran impacto tributario en la transición a una normativa mercantil ya aplicable, y que las reclasificaciones no generen nuevas obligaciones fiscales. Este enfoque busca alinear la normativa foral con la estatal, facilitando la adaptación a los nuevos requisitos de la Directiva Mifid II, sin afectar negativamente a los inversores. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Decreto-ley Foral 1/2019 incorpora un periodo transitorio para evitar incidencia tributaria en ciertas reclasificaciones de participaciones o acciones de instituciones de inversión colectiva. Este periodo se extiende hasta el 30 de marzo de 2019, y las reclasificaciones realizadas durante este tiempo no generan renta para los inversores. El objetivo es alinear la normativa foral con la estatal y facilitar la transición sin impacto fiscal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Incorporación de periodo transitorio**: El decreto-ley incorpora el periodo transitorio del Real Decreto-Ley 27/2018 para evitar incidencia tributaria en reclasificaciones. ⚠️ **No generación de renta**: Las reclasificaciones realizadas durante el periodo transitorio no darán lugar a la obtención de renta para los inversores. 📋 **Alineación con normativa estatal**: El objetivo es alinear la normativa foral con la estatal, facilitando la transición a nuevas exigencias de la Directiva Mifid II. ℹ️ **Fecha de entrada en vigor**: El decreto-ley entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra». 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Foral (Navarra) - **Fuente**: Decreto-ley Foral 1/2019 - **Tipo**: Decreto-ley - **Fecha**: 27 de marzo de 2019 - **Materias**: Impuesto sobre Sociedades, reclasificaciones, instituciones de inversión colectiva, Directiva Mifid II, normativa tributaria - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Decreto-ley Foral, periodo transitorio, reclasificaciones, instituciones de inversión colectiva, Directiva Mifid II, Impuesto sobre Sociedades ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Decreto-ley Foral 1/2019, la normativa foral de Navarra no incorporaba el periodo transitorio establecido en el Real Decreto-Ley 27/2018, que permitía una transición fiscal neutra para ciertas reclasificaciones de participaciones bajo la Directiva Mifid II. Este periodo transitorio, vigente entre enero y marzo de 2019, era ya aplicable en el ámbito estatal y en algunas Comunidades Autónomas, pero no en Navarra. La importancia de esta modificación radica en alinear la normativa foral con la estatal y la de otras CCAA, facilitando la transición tributaria para los inversores y evitando incertidumbres en el tratamiento fiscal de las operaciones de reclasificación.

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