Resolución de 6 de junio de 2019, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 6 de junio de 2019, de la Dirección General del Tesoro y Política ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 6 de junio de 2019 actualiza el anexo 1 de la Resolución de 2017, que establece los tipos de interés fijos y diferenciales máximos aplicables a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas y entidades locales. 2. **CONTEXTO** La Resolución de 2017 define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales. Esta norma establece que el coste total de las operaciones de endeudamiento no puede superar el coste de financiación del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en el diferencial correspondiente. La Resolución de 2019 actualiza los datos de coste de financiación del Estado para cumplir con la obligación de actualización mensual. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 6 de junio de 2019, publicada por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, actualiza el anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017, que establece el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales. En su apartado tercero, la Resolución de 2017 establece que el coste total máximo de las operaciones de endeudamiento, incluyendo comisiones y otros gastos, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en el diferencial que corresponda según lo establecido en el anexo 3 de esta Resolución. Las Comunidades Autónomas y Entidades Locales que cuenten con herramientas de valoración propias o un asesoramiento externo independiente podrán determinar en el momento de la operación el coste de financiación del Tesoro en base a la metodología contenida en el anexo 2 de esta Resolución. El resto de Administraciones, para conocer el coste de financiación del Estado a cada plazo medio, emplearán la tabla de tipos fijos o los diferenciales máximos aplicables sobre cada referencia que publique mensualmente, mediante Resolución, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera. Los costes máximos publicados permanecerán en vigor mientras no se publiquen nuevos costes. Conforme a dicha obligación de actualización mensual del coste de financiación del Estado a cada plazo, se publica un nuevo anexo 1. Este anexo incluye los tipos de interés fijos y diferenciales del coste de financiación del Estado a efectos de cumplimiento del apartado tercero de la Resolución de 4 de julio de 2017. Los precios utilizados para el cálculo de los tipos fijos y diferenciales son los tomados el día 3 de junio de 2019 a cierre de mercado. La base utilizada para el cálculo del tipo fijo anual máximo contenido en la tabla superior es la base Actual/Actual. En el caso de utilizarse una base distinta de la anterior deberá hacerse el oportuno ajuste. En aquellas operaciones a tipo fijo con plazo de devengo de intereses distinto al año, el tipo fijo máximo deberá calcularse como el tipo equivalente al tipo fijo anual para el periodo de devengo considerado. Los tipos de interés fijos y diferenciales máximos aplicables para operaciones cuya vida media exacta no se encuentre publicada en la presente tabla se hallarán por interpolación lineal entre los dos tipos o diferenciales más cercanos al plazo medio de la operación. Sobre estos tipos de interés fijos o diferenciales sobre euríbor, se podrán aplicar los diferenciales máximos contenidos en el anexo 3 de la Resolución de 4 de julio de 2017. Esta norma establece un marco claro para el cálculo del coste máximo de financiación, garantizando que las Administraciones Públicas cumplan con el principio de prudencia financiera. La actualización periódica de los datos permite una mayor precisión en la toma de decisiones financieras, evitando riesgos innecesarios. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 2019 actualiza los datos de coste de financiación del Estado para garantizar el cumplimiento del principio de prudencia financiera. Establece un marco claro para el cálculo de los tipos de interés máximos aplicables a las operaciones de endeudamiento. La actualización periódica permite una mayor precisión en la toma de decisiones financieras. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización de datos**: Se actualiza el anexo 1 con nuevos tipos de interés fijos y diferenciales. ⚠️ **Cumplimiento de normativa**: La norma establece un marco para cumplir con el principio de prudencia financiera. 📋 **Metodología de cálculo**: Se detalla cómo se calculan los tipos de interés máximos aplicables. ℹ️ **Interpolación lineal**: Se permite el cálculo de tipos para plazos no publicados en la tabla. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 6 de junio de 2019, Dirección General del Tesoro y Política Financiera - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 6 de junio de 2019 - **Materias**: Financiación pública, endeudamiento, prudencia financiera - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2019, el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas y entidades locales se regulaba mediante la Resolución de 2017, que fijaba tipos de interés máximos basados en el coste de financiación del Estado. Este marco se comparaba con el sistema estatal y europeo, donde la UE establece directrices sobre la sostenibilidad de la deuda pública. La importancia de esta actualización radica en garantizar que las entidades locales no incurran en costes excesivos, manteniendo un equilibrio entre la estabilidad financiera y la capacidad de financiación del Estado.