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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 2 de agosto de 2019, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.

BOE-A-2019-11522Publicada: 06/08/2019MINISTERIO DE ECONOMÍA Y EMPRESA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 2 de agosto de 2019, de la Secretaría General del Tesoro y Financi ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 2 de agosto de 2019 actualiza el Anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017, estableciendo nuevos costes máximos de financiación del Estado para operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales. 2. **CONTEXTO** La Resolución de 2017 establecía un marco de prudencia financiera para las operaciones de endeudamiento de las Administraciones públicas. Esta actualización de 2019 se produce para reflejar los nuevos costes de financiación del Estado, garantizando que los costes máximos sean actualizados y aplicables. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado y se aplica a partir de su entrada en vigor. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 2 de agosto de 2019, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, actualiza el Anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales. Esta actualización se realiza para reflejar los nuevos costes de financiación del Estado, que se publican mensualmente mediante Resolución. En el apartado tercero de la Resolución de 2017, se establece que el coste total máximo de las operaciones de endeudamiento, incluyendo comisiones y otros gastos, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en el diferencial que corresponda según lo establecido en el anexo 3. Este coste se calcula mediante la tabla de tipos fijos o los diferenciales máximos aplicables, publicados mensualmente por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera. Las comunidades autónomas y entidades locales que cuenten con herramientas de valoración propias o asesoramiento externo independiente pueden determinar el coste de financiación del Tesoro utilizando la metodología del anexo 2. El resto de Administraciones deben utilizar los tipos fijos o diferenciales máximos publicados. La base utilizada para el cálculo del tipo fijo anual máximo es la base actual/actual. En caso de utilizarse una base distinta, se realizará el ajuste correspondiente. Para operaciones con plazo de devengo distinto al año, el tipo fijo máximo se calculará como el tipo equivalente al tipo fijo anual para el periodo considerado. Los tipos de interés fijos y diferenciales máximos aplicables para operaciones cuya vida media exacta no se encuentre publicada en la tabla se hallarán por interpolación lineal entre los dos tipos o diferenciales más cercanos al plazo medio. Además, se establece que, en caso de que el coste total máximo sea negativo, se podrá formalizar un préstamo a un tipo del 0%. Esta disposición se aplica a las operaciones de préstamo y se basa en los actuales niveles de coste de financiación del Estado. Esta norma se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor a partir de su fecha de publicación. La Dirección General del Tesoro y Política Financiera es la responsable de la publicación de los nuevos costes de financiación del Estado, que se actualizan mensualmente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 2019 actualiza los costes máximos de financiación del Estado para las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas y entidades locales. Estos costes se calculan mediante una tabla de tipos fijos y se publican mensualmente. En caso de coste negativo, se permite un tipo de interés del 0%. La norma se aplica a partir de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización de costes de financiación**: Se actualiza el Anexo 1 para reflejar los nuevos costes del Estado. ⚠️ **Publicación mensual**: Los costes se publican mensualmente por la Dirección General del Tesoro. 📋 **Metodología de cálculo**: Se utiliza la base actual/actual y se permite la interpolación lineal. ℹ️ **Excepción para costes negativos**: Si el coste total máximo es negativo, se permite un tipo del 0%. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 2 de agosto de 2019 - **Materias**: Financiación pública, endeudamiento, prudencia financiera, costes de financiación - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2019, el marco de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas y entidades locales se regía por la normativa estatal vigente, que no contemplaba una actualización periódica de los costes máximos de financiación. La norma de 2017 estableció un marco inicial, pero la Resolución de 2019 actualiza estos costes para reflejar los nuevos tipos de interés del Estado, garantizando una mayor precisión y adaptabilidad. Este cambio importa porque permite que las administraciones públicas operen con criterios más actualizados, evitando riesgos de sobreendeudamiento y asegurando la sostenibilidad financiera en el contexto de la Unión Europea.

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