Denuncia del Convenio europeo sobre la violencia e irrupciones de espectadores con motivo de manifestaciones deportivas y especialmente de partidos de fútbol, hecho en Estrasburgo el 19 de agosto de 1985.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Denuncia del Convenio europeo sobre la violencia e irrupciones de espectadores c ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** España denunció el Convenio europeo sobre la violencia e irrupciones de espectadores con motivo de manifestaciones deportivas, especialmente de partidos de fútbol, y la denuncia surtirá efecto el 1 de abril de 2020. 2. **CONTEXTO** El Convenio fue firmado en Estrasburgo el 19 de agosto de 1985 y entró en vigor para España el 1 de septiembre de 1987. La denuncia fue formalizada mediante una Nota Verbal del 23 de agosto de 2019, remitida al Consejo de Europa. La notificación fue recibida por el Secretario General del Consejo de Europa, quien notificó la denuncia el 15 de octubre de 2019. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La denuncia del Convenio europeo sobre la violencia e irrupciones de espectadores con motivo de manifestaciones deportivas y especialmente de partidos de fútbol, hecho en Estrasburgo el 19 de agosto de 1985, fue formalizada por España mediante una Nota Verbal del 23 de agosto de 2019, remitida al Consejo de Europa. La denuncia surtirá efecto para España el 1 de abril de 2020, según lo establecido en el artículo 16.2 del Convenio, que dispone que la denuncia surtirá efecto el primer día del mes siguiente a la expiración de un plazo de seis meses después de la fecha de recepción de la notificación por el Secretario General del Consejo de Europa. El Convenio establece que los Estados Partes se comprometen a tomar todas las medidas necesarias para prevenir y reprimir la violencia y las irrupciones de espectadores durante las manifestaciones deportivas, especialmente los partidos de fútbol. Estas medidas incluyen la creación de un sistema de prevención y control, la coordinación entre las autoridades competentes, la aplicación de sanciones adecuadas y la cooperación internacional. La denuncia de España implica que el país dejará de estar sujeto a las obligaciones derivadas del Convenio, salvo que se haya firmado un acuerdo de suspensión o se haya ratificado una enmienda. La notificación de la denuncia fue recibida por el Secretario General del Consejo de Europa el 15 de octubre de 2019, y el plazo de seis meses para la entrada en vigor de la denuncia se venció el 1 de abril de 2020. El texto de la Nota Verbal indica que la denuncia fue remitida por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, y firmada por el Secretario General Técnico, José María Muriel Palomino, en Madrid el 15 de octubre de 2019. Esta acción refleja la decisión política del Estado español de abandonar el marco jurídico del Convenio, probablemente en virtud de la derogación de la norma mediante la Ley 24/2018, de 2 de julio, que derogó el Reglamento de la Ley 31/1992, de 26 de noviembre, sobre la regulación de la violencia en los estadios de fútbol, que era la norma nacional que implementaba el Convenio en España. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** España denunció el Convenio europeo sobre la violencia en partidos de fútbol, lo que significa que dejará de estar sujeto a sus obligaciones. La denuncia surtirá efecto el 1 de abril de 2020. Esta decisión fue formalizada mediante una Nota Verbal del 23 de agosto de 2019. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ España denunció el Convenio europeo sobre la violencia en partidos de fútbol. ⚠️ La denuncia surtirá efecto el 1 de abril de 2020. 📋 La denuncia fue formalizada mediante una Nota Verbal del 23 de agosto de 2019. ℹ️ La notificación fue recibida por el Secretario General del Consejo de Europa el 15 de octubre de 2019. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Europea - **Fuente**: Nota Verbal del 23 de agosto de 2019 - **Tipo**: Denuncia de Convenio - **Fecha**: 23 de agosto de 2019 - **Materias**: Derecho internacional público, Derecho deportivo, Derecho de la seguridad - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la denuncia española del Convenio europeo sobre la violencia e irrupciones de espectadores en manifestaciones deportivas, especialmente en partidos de fútbol, existían normas estatales y comunitarias que regulaban este tipo de conductas. España, como miembro del Consejo de Europa, estaba sujeta a las obligaciones del Convenio, que establecía un marco común para prevenir y sancionar la violencia en eventos deportivos. La importancia de este contexto radica en que la denuncia marcó el fin de la aplicación de este instrumento en el territorio español, permitiendo a las autoridades nacionales adaptar su legislación a las realidades locales y a la evolución de la seguridad en eventos deportivos.