Resolución de 9 de octubre de 2019, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 9 de octubre de 2019, de la Dirección General de Política Energéti ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 9 de octubre de 2019 establece los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización, vigentes a partir del 15 de octubre de 2019. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se emite en el marco de la regulación del sector energético, concretamente en el ámbito de los gases licuados del petróleo por canalización. Se basa en la normativa vigente, incluyendo leyes y órdenes ministeriales que otorgan competencias al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, posteriormente transferidas a la Ministra para la Transición Ecológica. La norma busca regular los precios de venta y cesión de estos gases a los consumidores finales y distribuidores. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 9 de octubre de 2019, publicada por la Dirección General de Política Energética y Minas, establece los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización, vigentes a partir del 15 de octubre de 2019. Esta norma se fundamenta en el artículo 94 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, que otorga al Ministro de Industria, Energía y Turismo (posteriormente transferido a la Ministra para la Transición Ecológica) la competencia para dictar disposiciones sobre las tarifas de venta y precios de cesión de los gases licuados del petróleo por canalización. Asimismo, se apoya en el artículo 12.1 de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de Reformas para el Impulso a la Productividad, que establece que mediante orden ministerial, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, se dictarán las disposiciones necesarias para el establecimiento de las tarifas de venta de los gases licuados del petróleo por canalización para los consumidores finales, así como los precios de cesión para los distribuidores. La resolución también establece reglas para la aplicación de los nuevos precios, incluyendo la forma en que se calcularán las facturaciones de los consumos correspondientes a suministros realizados en el período que incluya la fecha del 15 de octubre de 2019, o en su caso, la fecha de entrada en vigor de otras resoluciones u órdenes anteriores o posteriores. Según el artículo sexto, las empresas distribuidoras deben adoptar las medidas necesarias para la determinación de los consumos periódicos efectuados por cada uno de sus clientes, a efectos de aplicar correctamente los precios establecidos en la resolución. Asimismo, se establece que la resolución surtirá efectos desde el 15 de octubre de 2019 y será publicada en el «Boletín Oficial del Estado». Finalmente, se indica que contra la resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece nuevos precios de venta de los gases licuados del petróleo por canalización, vigentes a partir del 15 de octubre de 2019. Se apoya en la normativa vigente y establece reglas para su aplicación. Se permite interponer recurso de alzada en el plazo de un mes. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece nuevos precios de venta**: La resolución fija los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización, vigentes a partir del 15 de octubre de 2019. ⚠️ **Aplicación progresiva**: Se establecen reglas para la aplicación de los nuevos precios, incluyendo la forma de calcular las facturaciones en períodos que incluyan la fecha de entrada en vigor. 📋 **Regulación de distribuidores**: Las empresas distribuidoras deben adoptar medidas para determinar los consumos periódicos de sus clientes. ℹ️ **Procedimiento de recurso**: Se permite interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en un plazo de un mes. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 9 de octubre de 2019, de la Dirección General de Política Energética y Minas - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 9 de octubre de 2019 - **Materias**: Energía, hidrocarburos, precios, tarifas, distribución de gases - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2019, los precios de los gases licuados del petróleo por canalización estaban regulados por normativas estatales y, en algunos casos, por normas de las Comunidades Autónomas, dentro del marco de la Ley 34/1998. La nueva resolución establece un marco uniforme a nivel estatal, reemplazando las regulaciones previas y centralizando la fijación de precios bajo la competencia de la Ministra para la Transición Ecológica. Esto importa porque asegura una mayor coherencia y transparencia en el sector energético, facilitando la comparación entre regiones y garantizando un marco regulatorio más eficiente y equitativo.