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ResoluciónNacionalvigente

Recurso de inconstitucionalidad n.º 4929-2019, contra el artículo Único.Cuatro, de la Ley 6/2018, de 13 de noviembre, por la que se modifica el impuesto sobre la afección medioambiental causada por determinados aprovechamientos del agua embalsada, por los parques eólicos y por las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión regulado en el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, en cuanto incluy

BOE-A-2019-14693Publicada: 14/10/2019TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Recurso de inconstitucionalidad n.º 4929-2019, contra el artículo Único.Cuatro, ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad 4929-2019 contra el artículo Único.Cuatro de la Ley 6/2018, por considerar que podría vulnerar el derecho a la libertad de expresión y la libertad de prensa. 2. **CONTEXTO** El recurso fue promovido por el Presidente del Gobierno y se centra en el artículo Único.Cuatro de la Ley 6/2018, que modifica el impuesto sobre la afección medioambiental causada por determinados aprovechamientos del agua embalsada, parques eólicos y instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión. El recurso se basa en la argumentación de que la norma afecta a la libertad de expresión y la libertad de prensa. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Pleno del Tribunal Constitucional, mediante providencia de 1 de octubre de 2019, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 4929-2019, promovido por el Presidente del Gobierno, contra el artículo Único.Cuatro de la Ley 6/2018, de 13 de noviembre, por la que se modifica el impuesto sobre la afección medioambiental causada por determinados aprovechamientos del agua embalsada, por los parques eólicos y por las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión regulado en el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, en cuanto incluye un nuevo hecho imponible en la letra c) del art. 51.1 del Decreto Legislativo 1/2013. El recurso se fundamenta en la presunta vulneración del derecho a la libertad de expresión y de la libertad de prensa, según se establece en los artículos 20.1 y 21.1 de la Constitución Española. El Presidente del Gobierno argumenta que la norma en cuestión afecta a la libertad de expresión al establecer un impuesto sobre la afección medioambiental causada por determinados aprovechamientos del agua embalsada, parques eólicos y instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión, lo cual podría limitar la libertad de prensa al imponer obligaciones a los medios de comunicación. El Tribunal Constitucional, al admitir a trámite el recurso, no ha dictado una sentencia definitiva, sino que ha abierto el proceso de revisión constitucional de la norma. Esto significa que la norma en cuestión no se considera inconstitucional de forma definitiva, pero sí se le ha concedido la oportunidad de ser revisada. El recurso se presenta ante el Tribunal Constitucional, que es el órgano encargado de garantizar la vigencia de la Constitución Española. La admisión a trámite implica que el Tribunal ha considerado que el recurso tiene fundamento y que la norma en cuestión podría vulnerar derechos fundamentales. El Tribunal Constitucional ha señalado que el recurso se basa en la presunta vulneración de los derechos a la libertad de expresión y de la libertad de prensa, lo cual es un tema de gran relevancia en el ámbito constitucional. La admisión a trámite del recurso no implica que la norma sea inconstitucional, sino que se le da la oportunidad de ser revisada. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad 4929-2019 contra el artículo Único.Cuatro de la Ley 6/2018, por considerar que podría vulnerar el derecho a la libertad de expresión y la libertad de prensa. La norma en cuestión se someterá a revisión constitucional. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Admisión a trámite del recurso**: El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad 4929-2019. ⚠️ **Presunta vulneración de derechos**: El recurso se basa en la presunta vulneración del derecho a la libertad de expresión y la libertad de prensa. 📋 **Norma en cuestión**: Se trata del artículo Único.Cuatro de la Ley 6/2018, que modifica el impuesto sobre la afección medioambiental. ℹ️ **Relevancia del proceso**: El proceso de revisión constitucional se inició por considerar que la norma podría afectar derechos fundamentales. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Tribunal Constitucional - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 1 de octubre de 2019 - **Materias**: Derecho constitucional, derecho tributario, libertad de expresión, libertad de prensa - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 6/2018, el impuesto sobre la afección medioambiental estaba regulado en el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad de Castilla y León en materia de tributos propios y cedidos, sin incluir específicamente los parques eólicos ni las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión. Este recurso de inconstitucionalidad busca evaluar si la nueva norma, al ampliar el alcance del impuesto, vulnera principios constitucionales como la libertad de expresión y la libertad de prensa, destacando la importancia de garantizar que las normas estatales y autonómicas no afecten derechos fundamentales.

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