Resolución de 13 de septiembre de 2019, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 13 de septiembre de 2019, de la Presidencia del Comisionado para e ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 13 de septiembre de 2019 establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio. 2. **CONTEXTO** La norma se emite en virtud de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. Se publican los precios propuestos por fabricantes e importadores. La Resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 13 de septiembre de 2019, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio. Esta norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que otorga al Comisionado para el Mercado de Tabacos la competencia para fijar dichos precios. La Resolución detalla los precios de venta al público de distintas labores de tabaco, incluidos los tributos, en la Península e Illes Balears. Los precios se dividen en dos categorías: A) Cigarrillos y B) Cigarros y cigarritos. En la categoría A, se incluyen productos como Horizon Blue y Horizon Duro, con un precio de 4,20 euros por cajetilla. En la categoría B, se detallan precios por unidad para productos como Campana (5), Diego (5), Esplendido Mazos (10), Panameño (5), y diversos dozajes de tabaco, como Dozaj Carnival (50 g) y Taboo Copa Cabana (200 g), con precios que oscilan entre 1,15 y 8,70 euros. La Resolución establece que los precios publicados son los que se aplicarán en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio. Además, la norma establece que la Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La norma se emite en Madrid, y la firma corresponde a Isabel Eugenia Juliani Fernández de Córdoba, Presidenta del Comisionado para el Mercado de Tabacos. La Resolución no establece mecanismos de revisión ni excepciones, sino que fija precios definitivos en base a las propuestas de los fabricantes e importadores. La norma no menciona la posibilidad de ajuste por inflación ni por variaciones en los costos, lo que sugiere una fijación de precios estática. La norma no establece procedimientos de control ni sanciones por incumplimiento, lo que indica que su cumplimiento se basa en la obligatoriedad de su aplicación por parte de los establecimientos autorizados. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución fija los precios de venta al público de labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio. Se basa en la Ley 13/1998 y entra en vigor al día siguiente de su publicación. Los precios se aplican en la Península e Illes Balears. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de precios**: Se establecen precios de venta al público de labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre. ⚠️ **Bajo control**: La norma no establece mecanismos de revisión ni sanciones por incumplimiento. 📋 **Base legal**: Se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998. ℹ️ **Ámbito geográfico**: Se aplica en la Península e Illes Balears. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 13 de septiembre de 2019 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público, normativa tributaria - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2019, los precios de venta al público de los productos de tabaco en España estaban regulados por normativas estatales y comunitarias, que establecían marcos generales pero no precios específicos. La normativa comunitaria, basada en el Reglamento (CE) n.º 110/2008, permitía a los Estados miembros fijar precios dentro de ciertos límites, mientras que las comunidades autónomas tenían cierta autonomía en su aplicación. La importancia de la Resolución de 2019 radica en que establece precios concretos para las labores de tabaco en el Área del Monopolio, reflejando una regulación más detallada y adaptada a la realidad del mercado nacional.