Real Decreto 749/2019, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 749/2019, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 749/2019 establece el Reglamento de funcionamiento del Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, regulando su creación, gestión, publicación y el intercambio de información entre las Administraciones Públicas. 2. **CONTEXTO** La reforma administrativa derivada del Programa Nacional de Reformas de España para el 2015 materializó medidas de racionalización del sector público. La Ley 40/2015 estableció el Inventario de Entidades del Sector Público como registro público administrativo. La Intervención General de la Administración del Estado se encarga de su gestión, con el objetivo de garantizar información pública y fiable sobre las entidades del sector público institucional. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 749/2019 regula el funcionamiento del Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, como un registro público administrativo que garantiza la información sobre todas las entidades integrantes del sector público institucional. Este registro se crea con el objetivo de facilitar la transparencia, la coordinación y el control de las entidades del sector público, permitiendo a las Administraciones Públicas ejercer sus funciones de manera eficiente. El Inventario se gestiona y publica por la Intervención General de la Administración del Estado, que ha tenido experiencia en la elaboración y mantenimiento de registros similares. Los titulares del máximo órgano de dirección de las entidades del sector público institucional tienen la obligación de notificar, a través de la Intervención General, los actos de creación, transformación, fusión, extinción o modificación de dichas entidades para su inscripción en el Inventario. El procedimiento de inscripción se rige por el artículo 19 del Real Decreto, que establece que la solicitud de inscripción se presentará ante la Intervención General, que verificará la documentación requerida. La resolución del procedimiento y, en su caso, el certificado de inscripción se notificarán electrónicamente al titular del máximo órgano de dirección. En caso de no haberse dictado resolución expresa dentro del plazo establecido, el titular podrá considerar estimada la solicitud. El artículo 21 establece el intercambio de información entre las Administraciones Públicas. El responsable del Inventario facilitará la información necesaria para el ejercicio de las competencias de las Administraciones, especialmente en materia de coordinación y gestión de la información económico-financiera de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales. Además, se comunicará a la Agencia Estatal de Administración Tributaria las entidades del sector público institucional de nueva creación, facilitándose información recíproca para el cumplimiento de las funciones. La Intervención General pondrá a disposición de la Central de Información Económico-financiera de las Administraciones Públicas información homogénea y actualizada de los entes incluidos en el ámbito de la Ley Orgánica 2/2012, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Este Real Decreto refleja la necesidad de una gestión centralizada y transparente del sector público, con el fin de mejorar la eficiencia, la transparencia y la coordinación entre las distintas Administraciones Públicas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 749/2019 establece un marco regulatorio para el Inventario de Entidades del Sector Público, con el objetivo de garantizar la transparencia y la coordinación entre las Administraciones Públicas. La Intervención General de la Administración del Estado se encarga de su gestión, y se establecen procedimientos claros para la inscripción y el intercambio de información entre las entidades del sector público. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación del Inventario**: Se establece un registro público administrativo que incluye a todas las entidades del sector público institucional. ⚠️ **Gestión centralizada**: La Intervención General de la Administración del Estado se encarga de la gestión y publicación del Inventario. 📋 **Procedimiento de inscripción**: El titular del máximo órgano de dirección debe notificar los actos de creación, transformación, fusión, extinción o modificación de las entidades. ℹ️ **Intercambio de información**: El Inventario facilita información a las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus competencias, especialmente en materia económica-financiera. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 749/2019 - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 27 de diciembre de 2019 - **Materias**: Sector público, transparencia, gestión administrativa, intercambio de información - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes del Real Decreto 749/2019, no existía un marco normativo específico que regulara el funcionamiento del Inventario de Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, aunque la Ley 40/2015 ya había establecido su creación como registro público administrativo. Este nuevo real decreto consolida y detalla las normas para su gestión, coordinación y publicación, integrando así una normativa estatal que complementa y refuerza los marcos autonómicos y locales, promoviendo la transparencia y el control en el sector público. La importancia radica en la armonización de los sistemas de registro y la mejora de la gestión interadministrativa.