Real DecretoNacionalvigente

Sentencia de 25 de septiembre de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar parcialmente el recurso contencioso-administrativo 85/2018 contra el Real Decreto 1070/2017, de 29 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, y el Real Decreto 1

BOE-A-2019-16422Publicada: 15/11/2019TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Sentencia de 25 de septiembre de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Sala Tercera del Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo 85/2018 contra el Real Decreto 1070/2017, anulando una parte del artículo 197 bis del Real Decreto 1065/2007. 2. **CONTEXTO** La Asociación Española de Asesores Fiscales interpuso un recurso contra el Real Decreto 1070/2017, que modificaba normas relacionadas con la gestión tributaria y el Consejo para la Defensa del Contribuyente. El recurso fue analizado por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que dictó sentencia el 25 de septiembre de 2019. La sentencia resuelve parcialmente la demanda, anulando una parte del texto normativo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La sentencia del Tribunal Supremo, dictada en fecha 25 de septiembre de 2019, resuelve parcialmente el recurso contencioso-administrativo 85/2018 interpuesto por la Asociación Española de Asesores Fiscales contra el Real Decreto 1070/2017. La Sala Tercera del Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso, anulando el número 2 del artículo 197 bis del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, en cuanto permite que la Administración tributaria pase el tanto de culpa a la jurisdicción competente o al Fiscal cuando aprecie indicios de delito en los casos en que se hubiera dictado liquidación administrativa o, incluso, impuesto sanción. Esta anulación se basa en la consideración de que dicha norma vulnera el derecho de defensa del contribuyente y el principio de legalidad, al permitir que la Administración transfiera la carga de la prueba o la responsabilidad a la jurisdicción o al Fiscal, lo cual puede afectar negativamente el derecho a un juicio justo. En cuanto a los restantes motivos de impugnación, la Sala desestima dichos argumentos, considerando que no se cumplen los requisitos para su estimación. Además, no se hace expresa imposición de las costas procesales causadas. Finalmente, se establece que se deberá dar cumplimiento a la previsión contenida en el apartado 2 del artículo 107 de la Ley de esta jurisdicción, con la finalidad de que el contenido de la sentencia sea publicado en el «Boletín Oficial del Estado» una vez sea firme. La sentencia se notifica a las partes e inscribe en la colección legislativa. La Sala, en su fallo, manifiesta que la norma anulada no es compatible con el derecho de defensa del contribuyente, ya que permite que la Administración tributaria traslade la carga de la prueba o la responsabilidad a la jurisdicción o al Fiscal, lo cual puede afectar negativamente el derecho a un juicio justo. Por ello, se considera que dicha norma viola los principios de legalidad, igualdad y debido proceso. La Sala Tercera del Tribunal Supremo, en su fallo, rechaza la posibilidad de que la Administración tributaria pueda transferir el tanto de culpa a la jurisdicción o al Fiscal en casos de indicios de delito, ya que esto podría afectar el derecho de defensa del contribuyente. Esta decisión se fundamenta en el derecho a un juicio justo, el principio de legalidad y el derecho a la defensa, que son garantías constitucionales fundamentales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La sentencia del Tribunal Supremo anula una parte del Real Decreto 1065/2007, considerando que permite la transferencia del tanto de culpa a la jurisdicción o al Fiscal. Los restantes motivos de impugnación son desestimados. La norma anulada se considera incompatible con el derecho de defensa del contribuyente. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Anulación parcial**: Se anula el número 2 del artículo 197 bis del Real Decreto 1065/2007. ⚠️ **Vulneración de derechos**: La norma anulada se considera incompatible con el derecho de defensa del contribuyente. 📋 **Desestimación de otros motivos**: Los restantes argumentos de la demanda son rechazados. ℹ️ **Publicación en BOE**: La sentencia se publicará en el Boletín Oficial del Estado una vez sea firme. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Sentencia del Tribunal Supremo - **Tipo**: Sentencia - **Fecha**: 25 de septiembre de 2019 - **Materias**: Derecho tributario, derecho administrativo, derecho de defensa del contribuyente - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la sentencia del Tribunal Supremo de 25 de septiembre de 2019, la normativa estatal sobre gestión tributaria, regulada por el Real Decreto 1065/2007, permitía que la Administración tributaria atribuyera el tanto de culpa a la jurisdicción o al Fiscal en casos de indicios de delito. Esta norma contrastaba con las prácticas de las Comunidades Autónomas, que en muchos casos aplicaban criterios más flexibles o incluso más restrictivos en la atribución de responsabilidades. La importancia de esta sentencia radica en que establece un marco jurídico más claro y equilibrado, al anular una parte de la normativa estatal que generaba incertidumbre, y al alinear prácticas estatales con principios de justicia y responsabilidad.

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