Orden MinisterialNacionalvigente

Orden HAC/1111/2019, de 11 de noviembre, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2019 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias.

BOE-A-2019-16146Publicada: 12/11/2019MINISTERIO DE HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HAC/1111/2019, de 11 de noviembre, por la que se regulan las operaciones d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HAC/1111/2019 establece plazos y procedimientos para la ejecución del presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias en el cierre del ejercicio 2019. 2. **CONTEXTO** Esta norma se emite en el marco del cierre del ejercicio presupuestario 2019. Regula operaciones como modificaciones de créditos, imputación de obligaciones y pagos, que ya están contempladas en la Ley General Presupuestaria y en las leyes de Presupuestos. La Orden complementa estas normas con instrucciones específicas para finalizar el ejercicio. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HAC/1111/2019, emitida por el Ministerio de Hacienda, establece un marco de plazos y procedimientos para la ejecución del presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias en el cierre del ejercicio 2019. En su artículo 1, se señala que las operaciones de cierre deben regirse por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y por la Ley de Presupuestos de cada ejercicio. La Orden complementa esta regulación con instrucciones específicas para el cierre del ejercicio actual. En el artículo 2, se establecen plazos para la tramitación de modificaciones presupuestarias, expedientes de gasto a fiscalizar, documentos contables, contabilización de operaciones, ordenación de pagos y realización de los mismos. Asimismo, se concreta la aplicación de las normas generales en materia de ejecución del gasto público, incluyendo la instrucción de operatoria contable aprobada por la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996. En el artículo 3, se menciona la consideración del artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, que establece principios de buena regulación, como la necesidad, eficacia y proporcionalidad. Estos principios se aplican para garantizar una adecuada concreción de los plazos y procedimientos en el cierre del ejercicio, sin imponer restricciones innecesarias a los destinatarios. En el artículo 4, se establece que la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional deberá revisar las propuestas de pago pendientes de realización generadas en el ejercicio 2019 o anteriores para determinar las actuaciones a seguir. En el artículo 8, se detallan los plazos para la entrada de expedientes de modificación de crédito en la Dirección General de Presupuestos. Los expedientes que deban autorizarse por el Consejo de Ministros o por la Ministra de Hacienda deben tener entrada en la Dirección General de Presupuestos con fecha límite 15 de noviembre. Los expedientes de modificación de crédito, excepto aquellos referidos a la sección 06 «Deuda Pública», autorizados por los titulares de los Departamentos ministeriales y Presidentes y Directores de los organismos autónomos y otros organismos públicos, deben ser comunicados a la Dirección General de Presupuestos antes del 5 de diciembre. En la Disposición adicional única, se establece que mediante Resolución del Interventor General de la Administración del Estado, se podrá dejar sin aplicación el procedimiento previsto en las reglas 14.2, 19.2 y 42.2.b de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996, por la que se aprueba la instrucción de operatoria contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado. Asimismo, las oficinas de contabilidad podrán no registrar los documentos RC expedidos por los servicios gestores a partir de la entrada en vigor de esta Orden, para cumplir con los plazos establecidos. En la Disposición final única, se establece que la Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HAC/1111/2019 establece plazos y procedimientos para la ejecución del presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias en el cierre del ejercicio 2019. Regula la tramitación de modificaciones presupuestarias, expedientes de gasto y documentos contables. Establece un marco claro y preciso para garantizar la correcta finalización del ejercicio. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Establece plazos para la tramitación de modificaciones presupuestarias y expedientes de gasto. ⚠️ Aplica principios de buena regulación como necesidad, eficacia y proporcionalidad. 📋 Regula la contabilización de operaciones y la ordenación de pagos. ℹ️ La Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden HAC/1111/2019 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 11 de noviembre de 2019 - **Materias**: Presupuesto público, contabilidad, gasto público - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden HAC/1111/2019, las operaciones de cierre de ejercicio ya estaban reguladas por la Ley General Presupuestaria y las leyes de Presupuestos de cada comunidad autónoma y Estado, dentro del marco de la Unión Europea. Esta norma aporta un marco más específico y detallado para el cierre del ejercicio 2019, complementando las normas existentes con plazos y procedimientos claros. Importa porque asegura una ejecución ordenada y transparente del presupuesto, facilitando la fiscalización y el control de gastos, lo cual es esencial para el buen funcionamiento de las administraciones públicas.

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