Orden HAC/1272/2019, de 16 de diciembre, por la que se publican los límites de los distintos tipos de contratos a efectos de la contratación del sector público a partir del 1 de enero de 2020.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HAC/1272/2019, de 16 de diciembre, por la que se publican los límites de l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial HAC/1272/2019 establece los nuevos umbrales de contratación para el sector público a partir del 1 de enero de 2020, sustituyendo las cifras previamente vigentes por las establecidas en los Reglamentos Delegados (UE) 2019/1827 a 2019/1830. **2. CONTEXTO** Este orden ministerial se fundamenta en disposiciones legales como la Ley 9/2017, la Ley 31/2007 y la Ley 24/2011, que regulan los contratos del sector público. Estas leyes establecen que las cifras de umbral de contratación deben actualizarse conforme a las normas europeas. La publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea de los Reglamentos Delegados (UE) 2019/1827 a 2019/1830, de 30 de octubre de 2019, determina los nuevos umbrales de aplicación en materia de adjudicación de contratos. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial HAC/1272/2019, de 16 de diciembre de 2019, modifica los umbrales de contratación en el sector público, sustituyendo las cifras establecidas en las leyes nacionales por las que figuran en los Reglamentos Delegados (UE) 2019/1827 a 2019/1830. Estos reglamentos modifican las Directivas 2014/23/UE, 2014/24/UE, 2014/25/UE y 2009/81/CE, en lo que respecta a los umbrales de aplicación en materia de adjudicación de contratos. En concreto, el orden ministerial establece que las cifras previamente vigentes en las leyes 9/2017, 31/2007 y 24/2011 deben ser sustituidas por las nuevas. Por ejemplo, en la Ley 9/2017, la cifra de 5.548.000 euros se sustituye por 5.350.000 euros en los artículos 20.1, 23.1.a) y 318 b). Además, la cifra de 221.000 euros pasa a ser 214.000 euros en los artículos 21.1.b), 22.1.b), 23.1.b) y 318 b). La cifra de 144.000 euros se reduce a 139.000 euros en los artículos 21.1.a) y 22.1.a). En la Ley 31/2007, la cifra de 5.548.000 euros se sustituye por 5.350.000 euros en el artículo 16, letra b). La cifra de 443.000 euros pasa a ser 428.000 euros en los artículos 16.a) y 95.1. En la Ley 24/2011, la cifra de 5.548.000 euros se sustituye por 5.350.000 euros en el artículo 5, letra b). La cifra de 443.000 euros pasa a ser 428.000 euros en el artículo 5, letra a). Estas modificaciones se realizan con el fin de alinear las normas nacionales con los umbrales establecidos en el marco europeo, garantizando así la coherencia y la aplicación uniforme de los procedimientos de contratación en el sector público. El Ministerio de Hacienda y Función Pública se encarga de asegurar la publicidad de estas nuevas cifras, que se publicarán en los diarios oficiales correspondientes. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El orden ministerial establece nuevos umbrales de contratación para el sector público a partir del 1 de enero de 2020. Estos umbrales se sustituyen por los establecidos en los Reglamentos Delegados (UE) 2019/1827 a 2019/1830, que modifican las Directivas europeas. La aplicación de estos umbrales garantiza la coherencia con el marco jurídico europeo. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de umbrales de contratación**: Se actualizan las cifras de umbral en varias leyes para alinearse con los reglamentos europeos. ⚠️ **Sustitución de cifras**: Las cifras previamente vigentes son reemplazadas por las nuevas establecidas en los Reglamentos Delegados (UE). 📋 **Publicidad obligatoria**: El Ministerio de Hacienda se encarga de garantizar la publicidad de las nuevas cifras en los diarios oficiales. ℹ️ **Aplicación a partir del 1 de enero de 2020**: Los nuevos umbrales entran en vigor el 1 de enero de 2020. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial HAC/1272/2019 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 16 de diciembre de 2019 - **Materias**: Contratación pública, normativa europea, umbrales de contratación - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la entrada en vigor de la Orden HAC/1272/2019, los umbrales de contratación en el sector público español estaban regulados por normas nacionales, como la Ley 24/2011, que se aplicaban en el marco del derecho estatal y comunitario. Sin embargo, con la publicación de los Reglamentos Delegados (UE) 2019/1827 a 2019/1830, se establecieron nuevos umbrales que modificaron las Directivas europeas, lo que obligó a España a actualizar sus normas nacionales. Esta actualización es relevante porque garantiza la armonización del derecho de contratación pública entre las Comunidades Autónomas y la Unión Europea, asegurando una aplicación uniforme y conforme a los estándares europeos.