Orden HAC/46/2020, de 20 de enero, por la que se dictan instrucciones sobre procedimiento y documentación a remitir en desarrollo del Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2019.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HAC/46/2020, de 20 de enero, por la que se dictan instrucciones sobre proc ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial HAC/46/2020 establece instrucciones sobre el procedimiento y documentación a remitir en cumplimiento del Acuerdo del Consejo de Ministros de 2019, que regula la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado para 2020. 2. **CONTEXTO** El Consejo de Ministros, en su reunión del 27 de diciembre de 2019, adoptó un Acuerdo que establece criterios para la prórroga de los Presupuestos del Estado vigentes en 2019 para 2020. Este Acuerdo busca garantizar la reducción del déficit público y evitar una elevada ejecución de créditos antes de la aprobación de la Ley de Presupuestos de 2020. La Orden Ministerial HAC/46/2020 desarrolla las instrucciones necesarias para cumplir con dichas medidas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial HAC/46/2020, de 20 de enero de 2020, regula los procedimientos y formalidades para la remisión de solicitudes de autorización de gasto en el marco de la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado para 2020. Esta norma se fundamenta en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2019, que establece medidas de control del gasto público para garantizar la estabilidad presupuestaria. En concreto, el apartado sexto del Acuerdo establece que los Departamentos ministeriales deben remitir al Ministerio de Hacienda un calendario semestral de actuaciones que impliquen gasto en 2020, independientemente del ejercicio al que afecten. Este calendario debe incluir todas las actuaciones previstas para el año 2020. Por otro lado, el apartado séptimo del Acuerdo establece límites para la iniciación de nuevos expedientes de gasto, con excepciones que solo podrán ser autorizadas por el Ministerio de Hacienda en caso de causas excepcionales justificadas. La Orden Ministerial detalla los requisitos y formalidades para la remisión de las solicitudes de autorización de gasto. En este sentido, se establecen requisitos específicos para la documentación que debe acompañar cada solicitud, como la identificación del órgano financiador, la naturaleza jurídica del gasto, el objeto del gasto, la aplicación presupuestaria, los importes en euros y en divisas, así como la distribución anual del gasto si es de carácter plurianual. En el Anexo II de la Orden, se incluye un cuadro descriptivo del gasto a autorizar, que debe contener información detallada sobre cada solicitud, incluyendo el porcentaje del gasto aprobado en 2020 respecto al crédito inicial del presupuesto prorrogado, el porcentaje ejecutado en 2019, y una breve descripción de las causas excepcionales que justifiquen la solicitud. Asimismo, se especifica que en los gastos de carácter plurianual se debe indicar si se cumplen los límites previstos en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y, en caso contrario, su distribución anual. La Orden Ministerial también establece que en las cuotas o aportaciones a organismos internacionales se debe identificar si son obligatorias o voluntarias, así como su origen. Además, se exige que en los gastos que se abonen en divisas se indique su importe en la correspondiente divisa. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial HAC/46/2020 establece un marco detallado para la remisión de solicitudes de autorización de gasto en el marco de la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado para 2020. Esta norma busca garantizar el control del gasto público y la transparencia en la ejecución presupuestaria. La documentación requerida es extensa y precisa, con el fin de facilitar el seguimiento y la supervisión por parte del Ministerio de Hacienda. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Calendario semestral de actuaciones**: Los Departamentos ministeriales deben remitir un calendario semestral de gastos previstos para 2020. ⚠️ **Límites de gasto**: Se establecen límites para la iniciación de nuevos expedientes, con excepciones solo autorizadas por el Ministerio de Hacienda. 📋 **Documentación detallada**: Se exige una serie de datos específicos en cada solicitud, incluyendo importes, naturaleza del gasto y causas excepcionales. ℹ️ **Control de gastos plurianuales**: Se debe indicar si se cumplen los límites del artículo 47 de la Ley General Presupuestaria. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial HAC/46/2020 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 20 de enero de 2020 - **Materias**: Presupuestos Generales del Estado, control de gasto público, procedimiento administrativo - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Presupuestos, gasto público, control, autorización, Ministerio de Hacienda, prórroga, Ley General Presupuestaria ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden HAC/46/2020, existían normas estatales y de las Comunidades Autónomas que regulaban el procedimiento de autorización de gasto, pero no se encontraban alineadas con el marco de control presupuestario establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2019. Esta norma ministerial introduce un marco más coordinado y específico para la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado, reforzando el control del gasto público y evitando desviaciones que podrían afectar la estabilidad financiera del Estado. Su importancia radica en su papel como instrumento clave para garantizar la aplicación uniforme de las medidas adoptadas en el marco del Acuerdo del Consejo de Ministros.