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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 17 de enero de 2020, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio.

BOE-A-2020-732Publicada: 18/01/2020MINISTERIO DE HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 17 de enero de 2020, de la Presidencia del Comisionado para el Mer ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución establece los precios de venta al público (PVP) de ciertas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, incluyendo los tributos aplicables. 2. **CONTEXTO** La norma se publica en virtud de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. La Resolución se emite por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. La norma establece los precios para diferentes tipos de tabaco en distintas zonas geográficas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 17 de enero de 2020, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. Esta norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que otorga al Comisionado para el Mercado de Tabacos la competencia para fijar estos precios. La Resolución establece que los precios de venta al público de las labores de tabaco incluyen los diferentes tributos aplicables. En el primer apartado, se detallan los precios de los cigarros y cigarritos en la Península e Illes Balears, con precios específicos para cada tipo de producto. Por ejemplo, el Maduro n.º 1 tiene un PVP de 14,00 euros por unidad, mientras que el Jumbo 4 3/7x60 (5) tiene un PVP de 2,95 euros por unidad. En el segundo apartado, se detallan los precios para Ceuta y Melilla, donde el Newminster (envase de 20) tiene un PVP de 1,55 euros por envase. La Resolución establece que los precios se aplicarán en las Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. Además, se indica que la norma entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La firma de la Resolución corresponde a la Presidenta del Comisionado para el Mercado de Tabacos, P.S., y al Vicepresidente, Luis Gavira Caballero, según el Real Decreto 2668/1998, de 11 de diciembre. Esta norma tiene una finalidad reglamentaria, ya que se refiere a la aplicación concreta de la Ley 13/1998, y establece un marco de precios que debe seguirse en el ámbito del mercado de tabaco. No establece nuevas obligaciones ni derechos, sino que fija un precio mínimo o recomendado para las labores de tabaco en el territorio nacional. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución fija los precios de venta al público de ciertas labores de tabaco en el área del Monopolio. Se publica en virtud de la Ley 13/1998 y entra en vigor al día siguiente de su publicación. Los precios incluyen los tributos aplicables. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de precios**: Se establecen precios de venta al público para diferentes tipos de tabaco en distintas zonas geográficas. ⚠️ **Aplicación de tributos**: Los precios incluyen los diferentes tributos aplicables a las labores de tabaco. 📋 **Vigencia**: La norma entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. ℹ️ **Fundamento legal**: Se basa en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 17 de enero de 2020 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público, tributos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2020, los precios de venta al público de las labores de tabaco en España estaban regulados por normativas estatales y autonómicas, con diferencias significativas entre las Comunidades Autónomas. Esta norma establece un marco uniforme para fijar los precios, integrando tributos aplicables, lo cual importa porque busca garantizar una regulación más coherente y transparente en el mercado del tabaco, reduciendo disparidades regionales y facilitando la aplicación de políticas sanitarias y fiscales de manera más eficaz.

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