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Ley Foral 31/2019, de 23 de diciembre, de modificación parcial de la Ley Foral del Impuesto sobre el Patrimonio.

BOE-A-2020-452Publicada: 14/01/2020COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Ley Foral 31/2019, de 23 de diciembre, de modificación parcial de la Ley Foral d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley Foral 31/2019 elimina la deducción del 100% y del 95% aplicable a ciertos bienes y participaciones en entidades económicas en el Impuesto sobre el Patrimonio, equiparando la normativa navarra a la de otras comunidades forales. 2. **CONTEXTO** La Ley Foral 31/2019 modifica parcialmente la Ley Foral del Impuesto sobre el Patrimonio. Antes, los contribuyentes podían aplicar deducciones por bienes y participaciones vinculados a actividades económicas. El objetivo de la reforma es armonizar la normativa con la de otras comunidades forales, eliminando estas deducciones y eximiendo los bienes correspondientes. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley Foral 31/2019, de 23 de diciembre de 2019, modifica parcialmente la Ley Foral del Impuesto sobre el Patrimonio, con el fin de eliminar las deducciones aplicables a ciertos bienes y participaciones en entidades económicas. Según el preámbulo, actualmente, los contribuyentes podían aplicar una deducción del 100% de la parte proporcional de la cuota que corresponda al valor de dichos bienes y derechos o participaciones, hasta un valor de 1.000.000 euros, y del 95% del exceso sobre dicho valor. Esta norma elimina dichas deducciones y declara la exención de dichos bienes, derechos y participaciones. El artículo 32 de la Ley Foral 31/2019 establece que la cuota íntegra del Impuesto sobre el Patrimonio, junto con la cuota íntegra del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, no podrá exceder del 65% de la suma de la base imponible de este último, sin considerar la parte de la cuota que corresponda a elementos patrimoniales no susceptibles de producir rendimientos gravados por el Impuesto sobre la Renta. En caso de que la suma de ambas cuotas supere este límite, se reducirá la cuota íntegra del Impuesto sobre el Patrimonio hasta alcanzarlo, sin que la reducción exceda del 55%. El artículo 33 deroga el Decreto Foral 89/1998, de 23 de marzo, que establecía los requisitos y condiciones para la aplicación de la deducción de la cuota en el Impuesto sobre el Patrimonio. Esta derogación entra en vigor el 1 de enero de 2020, con efectos retroactivos a la fecha de publicación de la ley. La ley entra en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra», con los efectos previstos. La Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, María Chivite Navascués, promulga la ley en cumplimiento de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. La norma se publicó en el «Boletín Oficial de Navarra» número 255, de 31 de diciembre de 2019, y entra en vigor el 1 de enero de 2020. La modificación se realiza en cumplimiento de los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, y en la reserva de ley tributaria del artículo 11 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley Foral 31/2019 elimina deducciones aplicables a ciertos bienes y participaciones en el Impuesto sobre el Patrimonio, armonizando la normativa con otras comunidades forales. La derogación del Decreto Foral 89/1998 y la entrada en vigor de la norma el 1 de enero de 2020 marcan el comienzo de esta reforma tributaria. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Eliminación de deducciones**: Se eliminan las deducciones del 100% y del 95% aplicables a bienes y participaciones en actividades económicas. ⚠️ **Exención de bienes**: Los bienes y participaciones afectos a actividades económicas quedan exentos del Impuesto sobre el Patrimonio. 📋 **Derogación normativa**: El Decreto Foral 89/1998 queda derogado con efectos desde el 1 de enero de 2020. ℹ️ **Entrada en vigor**: La ley entra en vigor el 1 de enero de 2020, con efectos retroactivos a su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Foral (Navarra) - **Fuente**: Ley Foral 31/2019 - **Tipo**: Ley Foral - **Fecha**: 23 de diciembre de 2019 - **Materias**: Impuesto sobre el Patrimonio, Derecho Tributario, Derecho Foral - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley Foral 31/2019, la Navarra permitía deducciones del 100% y del 95% para ciertos bienes y participaciones en entidades económicas en el Impuesto sobre el Patrimonio, una medida que difería de la normativa de otras comunidades forales y de la estatal. Esta reforma busca armonizar la normativa navarra con el resto de las CCAA y la UE, eliminando estas deducciones y eximiendo los bienes correspondientes. Esta modificación importa porque refleja un ajuste hacia un marco fiscal más coherente y equitativo, alineándose con prácticas fiscales más generales y reduciendo la asimetría tributaria entre regiones.

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