Orden MinisterialNacionalvigente

Orden HAC/667/2020, de 17 de julio, por la que se determina la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos previstos en la letra a) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.

BOE-A-2020-8294Publicada: 22/07/2020Ministerio de Hacienda

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HAC/667/2020, de 17 de julio, por la que se determina la cuantía de la dis ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden HAC/667/2020 establece la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos del tramo 1 del Fondo COVID-19, basándose en criterios relacionados con el gasto sanitario. **2. CONTEXTO** El Real Decreto-ley 22/2020 crea el Fondo COVID-19 para financiar a las Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla ante la crisis sanitaria y económica generada por el virus SARS-CoV-2. La Orden HAC/667/2020 se encarga de determinar la cuantía exacta de la distribución de los recursos del tramo 1, según los criterios establecidos en dicho real decreto-ley. El tramo 1 tiene un importe total de 6.000 millones de euros y se reparte en función del gasto sanitario de cada comunidad. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HAC/667/2020, de 17 de julio de 2020, regula la distribución definitiva de los recursos del tramo 1 del Fondo COVID-19 entre las Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla. Esta norma se fundamenta en el artículo 3.1 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, que atribuye a la persona titular del Ministerio de Hacienda la potestad de determinar la cuantía de la distribución territorial de los recursos del tramo 1. El tramo 1 del Fondo COVID-19, con un importe total de 6.000 millones de euros, se distribuye según los criterios establecidos en la letra a) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, que se refieren principalmente al gasto sanitario de cada comunidad autónoma. En concreto, el criterio utilizado es el número de hospitalizaciones por COVID-19 a 30 de abril de 2020, según el certificado emitido por la directora general de Salud Pública, Calidad e Innovación el 3 de junio de 2020. La Orden HAC/667/2020 detalla la cuantía asignada a cada comunidad autónoma y ciudad, basándose en los datos de hospitalizaciones registrados a esa fecha. Por ejemplo, Madrid recibe 1.158 millones de euros, Cataluña 744 millones, Andalucía 458 millones, y así sucesivamente. Las ciudades de Ceuta y Melilla reciben 1.226 y 886 millones de euros, respectivamente. El importe total asignado a todas las comunidades autónomas y ciudades es de 1.351.130 millones de euros, lo que refleja la distribución proporcional según el criterio del gasto sanitario. Esta distribución se considera definitiva, lo que implica que no se realizarán más ajustes ni modificaciones posteriores, salvo en caso de error o irregularidad detectada en el cálculo. La norma establece que la distribución se realiza mediante transferencias presupuestarias, y que el importe se incluirá en la aplicación presupuestaria 32.01.941O.459.00 «Fondo COVID-19». Además, se indica que el Ministerio de Hacienda se encargará de la gestión y ejecución de esta distribución, garantizando su cumplimiento y transparencia. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HAC/667/2020 establece la distribución definitiva del tramo 1 del Fondo COVID-19 según el criterio del gasto sanitario. La distribución se basa en datos oficiales de hospitalizaciones a 30 de abril de 2020. El Ministerio de Hacienda se encarga de su ejecución y gestión. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Distribución definitiva del tramo 1 del Fondo COVID-19** según criterios de gasto sanitario. ⚠️ **Criterio basado en hospitalizaciones por COVID-19 a 30 de abril de 2020**. 📋 **Importe total de 6.000 millones de euros** repartidos entre las comunidades autónomas. ℹ️ **Gestión y ejecución por el Ministerio de Hacienda**. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden HAC/667/2020 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 17 de julio de 2020 - **Materias**: Financiación, Fondo COVID-19, Distribución territorial, Gasto sanitario, Comunidades Autónomas - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden HAC/667/2020, el Fondo COVID-19 se distribuía siguiendo criterios estatales y comunitarios, con un enfoque en la necesidad sanitaria y económica de cada región. La norma estatal del Real Decreto-ley 22/2020 establecía el marco general, pero no detallaba la cuantía exacta de la distribución. La Orden HAC/667/2020 introduce una comparativa entre las Comunidades Autónomas, basándose en su gasto sanitario, lo que refleja una mayor consideración de la realidad local. Este enfoque importa porque permite una asignación más equitativa y adaptada a las necesidades específicas de cada región, fortaleciendo la solidaridad y la coherencia entre el Estado y las autonomías en la gestión de la crisis.

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