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Resolución de 24 de julio de 2020, de la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España y se deroga la Resolución de 29 de junio de 2020.

BOE-A-2020-8750Publicada: 30/07/2020Ministerio de Sanidad

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 24 de julio de 2020, de la Dirección General de Salud Pública, Cal ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 24 de julio de 2020 establece los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España y deroga la Resolución de 29 de junio de 2020. 2. **CONTEXTO** Esta norma se dictó en el marco de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, con el objetivo de controlar la entrada de casos importados. Se basa en el Real Decreto-ley 21/2020 y en las Directrices EASA/ECDC. La Resolución de 29 de junio de 2020 fue derogada para actualizar los protocolos sanitarios. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 24 de julio de 2020, dictada por la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación, establece los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España. Estos controles se implementan con la colaboración de gestores aeroportuarios y portuarios, según lo previsto en el Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Los controles se diseñan siguiendo las Directrices EASA/ECDC, adaptadas por el Comité Español de Facilitación del Transporte Aéreo el 8 de julio de 2020, y publicadas en el «Boletín Oficial del Estado» el 9 de julio de 2020. La Resolución de 29 de junio de 2020, que establecía los controles sanitarios, queda derogada. La nueva norma establece que los viajeros deberán someterse a una valoración sanitaria que incluya una evaluación de su estado clínico y epidemiológico. En caso de sospecha de enfermedad o contacto estrecho con el virus, se activarán protocolos de alerta sanitaria en coordinación con las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas. La nueva resolución entra en vigor desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y se mantendrá vigente hasta que el Gobierno declare la finalización de la situación de crisis sanitaria, según el artículo 2.3 del Real Decreto-ley 21/2020. Además, la norma establece que podrá ser recurrida en alzada ante el Secretario General de Sanidad en un plazo de un mes desde su publicación, conforme a los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La norma también incluye dos anexos: el Formulario de control sanitario para personas que viajen a España por vía aérea y el Formulario de control sanitario para personas que viajen a España por vía marítima. Estos formularios detallan los pasos a seguir durante el control sanitario, como la verificación de la documentación, la toma de temperatura y la evaluación clínica. La derogación de la Resolución de 29 de junio de 2020 refleja la necesidad de adaptar los protocolos a la evolución de la situación sanitaria y a las directrices internacionales. La nueva norma busca garantizar una gestión eficiente y coordinada de los controles sanitarios en los puntos de entrada, con el fin de proteger la salud pública y limitar la introducción de casos importados de COVID-19. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 24 de julio de 2020 establece nuevos controles sanitarios en los puntos de entrada de España y deroga la anterior norma. Se implementan protocolos basados en directrices internacionales y se garantiza la coordinación con las autoridades sanitarias. La norma entra en vigor al publicarse y se mantiene vigente hasta la finalización de la crisis sanitaria. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derogación de la Resolución de 29 de junio de 2020**: Se sustituye por una norma más actualizada y adaptada a la evolución de la crisis sanitaria. ⚠️ **Vigencia hasta declaración de fin de crisis**: La norma se mantendrá vigente hasta que el Gobierno declare la finalización de la situación de crisis sanitaria. 📋 **Implementación con colaboración de gestores aeroportuarios y portuarios**: Se establece una coordinación entre distintas administraciones para garantizar la eficacia de los controles. ℹ️ **Anexos con formularios de control sanitario**: Se detallan los pasos a seguir durante el control, como la evaluación clínica y la verificación de documentación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 24 de julio de 2020 - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 24 de julio de 2020 - **Materias**: Salud pública, controles sanitarios, crisis sanitaria, COVID-19, transporte aéreo y marítimo - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 24 de julio de 2020, existían protocolos sanitarios establecidos por la Resolución de 29 de junio de 2020, que regulaban los controles en puntos de entrada de España. Esta norma se derivó del marco estatal y europeo, incluyendo el Real Decreto-ley 21/2020 y las Directrices EASA/ECDC, y se aplicaba en el contexto de la crisis del COVID-19. La nueva resolución sustituyó la anterior para adaptar los controles a la evolución de la situación sanitaria, reflejando una coordinación entre el Estado, las Comunidades Autónomas y la Unión Europea. Importa porque establece un marco más actualizado y eficaz para prevenir la entrada de casos importados, garantizando la seguridad sanitaria nacional y la coherencia con las normas europeas.

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