Orden MinisterialNacionalvigente

Orden HAC/785/2020, de 21 de julio, por la que se modifican la Orden EHA/2027/2007, de 28 de junio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, en relación con las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

BOE-A-2020-9552Publicada: 12/08/2020Ministerio de Hacienda

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HAC/785/2020, de 21 de julio, por la que se modifican la Orden EHA/2027/20 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HAC/785/2020 modifica normas vigentes sobre el régimen de pago de deudas tributarias mediante entidades colaboradoras, estableciendo nuevos procedimientos y limitaciones en la rectificación de ingresos recaudados. 2. **CONTEXTO** La Orden HAC/785/2020 se enmarca en el marco normativo de la Ley General Tributaria y el Reglamento General de Recaudación. Su objetivo es mejorar la gestión recaudatoria y evitar errores en el pago de deudas tributarias. Se modifica la Orden EHA/2027/2007 y la EHA/1658/2009, que regulan la colaboración de entidades de crédito en la recaudación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HAC/785/2020 introduce modificaciones en el régimen de pago de deudas tributarias mediante entidades colaboradoras, con el fin de mejorar la precisión y eficacia en la gestión recaudatoria. En concreto, se establecen nuevos requisitos y limitaciones en la rectificación de ingresos recaudados por estas entidades. Según el artículo 1, se introduce un nuevo apartado que establece que las entidades colaboradoras no podrán anular o rectificar ingresos previamente recaudados en ciertos casos, con el fin de evitar errores que puedan afectar negativamente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Además, se modifica el formato de los registros que las entidades colaboradoras deben remitir a la AEAT, incluyendo campos como el tipo de registro, la entidad receptora, el número de entidades colaboradoras, el número total de registros y un campo libre para información adicional. Estas modificaciones se reflejan en el artículo 1, apartado 3, y en el anexo de la Orden. En cuanto al pago mediante transferencia bancaria, el artículo 2 establece que las deudas que puedan ser pagadas a través de la sede electrónica de la AEAT también podrán realizarse mediante transferencia bancaria a las cuentas abiertas en las entidades colaboradoras. La Dirección General de la AEAT se habilita para regular el procedimiento de pago a través de estas transferencias, lo que permite una mayor flexibilidad en la forma de pago. La Orden también incluye una disposición derogatoria que anula normas anteriores que se opongan a su contenido, garantizando la vigencia de las nuevas disposiciones. Finalmente, se establece la entrada en vigor de la Orden, con un plazo de aplicación parcial para ciertos apartados, que entrarán en vigor el 23 de noviembre de 2020 y el 1 de septiembre de 2020, respectivamente. Estas modificaciones buscan mejorar la eficiencia en la gestión recaudatoria, reducir errores en la imputación de ingresos y garantizar una mayor transparencia en el proceso de pago de deudas tributarias. La norma se aplica a las entidades colaboradoras que prestan servicios a la AEAT, y su cumplimiento es obligatorio para garantizar la correcta aplicación del régimen de recaudación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HAC/785/2020 introduce cambios en el régimen de pago de deudas tributarias mediante entidades colaboradoras. Establece limitaciones en la rectificación de ingresos y modifica el formato de los registros. La norma busca mejorar la precisión y eficacia en la gestión recaudatoria. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones en la rectificación de ingresos**: Se limita la posibilidad de anular o rectificar ingresos recaudados por entidades colaboradoras. ⚠️ **Plazos de entrada en vigor**: Algunos apartados de la Orden entran en vigor en fechas posteriores al 21 de julio de 2020. 📋 **Formato de registros**: Se establecen nuevos campos para la información que deben remitir las entidades colaboradoras. ℹ️ **Pago mediante transferencia**: Se permite el pago de deudas tributarias mediante transferencia bancaria a entidades colaboradoras. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 21 de julio de 2020 - **Materias**: Tributaria, Recaudación, Entidades de crédito, Pago de deudas - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden HAC/785/2020, el régimen de pago de deudas tributarias mediante entidades colaboradoras estaba regulado por la Orden EHA/2027/2007 y la EHA/1658/2009, que permitían cierta flexibilidad en la rectificación de ingresos recaudados. Esta norma se inscribe en un marco más amplio de regulación estatal y comunitaria, donde la colaboración entre entidades de crédito y la Agencia Estatal de Administración Tributaria busca optimizar la recaudación. La importancia de esta modificación radica en la mayor precisión y control en la gestión recaudatoria, evitando errores que podrían afectar la eficacia del sistema tributario.

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