Resolución de 7 de agosto de 2020, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 7 de agosto de 2020, de la Presidencia del Comisionado para el Mer ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución establece los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, según la normativa vigente. 2. **CONTEXTO** La Resolución se publica en virtud de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. Se establecen los precios de venta al público de diferentes productos de tabaco, incluyendo cigarros, cigarritos y picaduras de liar, propuestos por fabricantes e importadores. La norma entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 7 de agosto de 2020, publicada por el Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio. Esta norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que otorga al Comisionado la competencia para fijar los precios de venta al público de los productos de tabaco, incluidos los tributos. La Resolución detalla los precios de venta al público de diferentes productos, incluyendo cigarros y cigarritos de marcas como Davidoff, La Aurora, La Paz, Macanudo, My Father, entre otros, así como picaduras de liar de marcas como Serbetli Shisha, Smyrna, entre otras. Los precios incluyen los tributos correspondientes y se aplican en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears. En el apartado A), se detallan los precios de los cigarros y cigarritos, con precios que varían según el tipo de producto, la marca y el tamaño. Por ejemplo, el Demi Tasse de Davidoff (10 unidades) tiene un PVP de 1,75 euros, mientras que el My Father La Opulencia Petite (10 unidades) tiene un PVP de 7,90 euros. En el apartado B), se detallan los precios de las picaduras de liar, que incluyen productos como JPS para Liar/Entubar, Serbetli Shisha y Smyrna. Los precios varían según el tipo de producto y el peso, con precios que oscilan entre 2,20 y 8,60 euros por unidad. La Resolución establece que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que implica que los precios establecidos serán aplicables a partir de ese momento en todo el territorio nacional. Esta norma tiene carácter vinculante para los establecimientos autorizados, que deben aplicar los precios establecidos en la Resolución. Los precios incluyen los tributos correspondientes, lo que garantiza una transparencia en la venta al público de los productos de tabaco. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución fija los precios de venta al público de productos de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre, según la Ley 13/1998. Los precios incluyen tributos y se aplican en toda la Península e Illes Balears. La norma entra en vigor el mismo día de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de precios**: Se establecen precios de venta al público de productos de tabaco, incluyendo tributos. ⚠️ **Vigencia inmediata**: La norma entra en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 📋 **Aplicación territorial**: Los precios se aplican en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears. ℹ️ **Base legal**: Se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 7 de agosto de 2020 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público, tributos, regulación del tabaco - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: precios de venta al público, tabaco, Resolución, Ley 13/1998, Comisionado para el Mercado de Tabacos ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Resolución de 2020, los precios de venta al público de los productos de tabaco en España estaban regulados por normativas estatales y comunitarias, que establecían marcos generales pero no precios concretos. La Ley 13/1998 otorgaba al Comisionado para el Mercado de Tabacos la competencia para fijar estos precios, pero la Resolución de 2020 introdujo una actualización específica, adaptándose a las necesidades del mercado y a la normativa vigente. Este cambio importa porque permite una regulación más precisa y actualizada, garantizando la aplicación uniforme de los precios en todo el territorio, lo que facilita la fiscalidad y el control del monopolio estatal en el sector del tabaco.