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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 2 de octubre de 2020, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2020-11693Publicada: 03/10/2020MINISTERIO DE HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 2 de octubre de 2020, de la Presidencia del Comisionado para el Me ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución publica los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, incluyendo Ceuta y Melilla. 2. **CONTEXTO** La Resolución se emite en virtud de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. Se establece que los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco son propuestos por los fabricantes e importadores y publicados por el Comisionado para el Mercado de Tabacos. La norma establece los precios para diferentes productos, incluyendo cigarros, cigarritos, picaduras de liar y picaduras de pipa, en distintas regiones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 2 de octubre de 2020, publicada por el Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, incluyendo Ceuta y Melilla. Esta norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que otorga al Comisionado la competencia para publicar los PVP propuestos por los fabricantes e importadores. La Resolución detalla los precios de venta al público de diversos productos, incluyendo cigarros, cigarritos, picaduras de liar y picaduras de pipa, en la Península e Illes Balears, así como en Ceuta y Melilla. Por ejemplo, en la Península e Illes Balears, el precio de los cigarros "New World Mex Ros Navegantes 25 1/2 x 55 (21)" es de 7,50 euros, mientras que el "B13 Cigar (25)" cuesta 12,50 euros. Para los productos de la marca "DON TOMAS", se establecen precios diferentes según el tipo de paquete, como 1,45 euros para los "Bundles Petit Corona (10)" y 1,60 euros para los "Bundles Toro (10)". En el caso de las picaduras de liar, el precio de "Fortuna para liar/entubar (190 g)" es de 34,00 euros, y para las picaduras de pipa, "Ernest (100 g)" tiene un precio de 6,90 euros. En Ceuta y Melilla, los precios son ligeramente inferiores, como en el caso de los "Bundles Petit Corona (10)" de "DON TOMAS", que cuestan 1,30 euros. La Resolución establece que los precios publicados incluyen los diferentes tributos aplicables. Además, se indica que la norma entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La publicación de esta Resolución se realiza en cumplimiento de la normativa vigente, que garantiza la transparencia y el control del mercado de tabaco, evitando prácticas comerciales que puedan afectar a la competencia o a la salud pública. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica los precios de venta al público de labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre, en cumplimiento de la Ley 13/1998. Los precios incluyen tributos y son vigentes desde su publicación. La norma establece precios diferentes según la región y el producto. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación de precios**: La Resolución establece los precios de venta al público de labores de tabaco en distintas regiones. ⚠️ **Diferencias regionales**: Los precios varían entre la Península e Illes Balears y Ceuta y Melilla. 📋 **Base legal**: Se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998. ℹ️ **Vigencia**: La norma entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 2 de octubre de 2020 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público, tributos, regulación del monopolio - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Resolución de 2020, los precios de venta al público de los productos de tabaco en España estaban regulados a nivel estatal por la Ley 13/1998, sin diferenciación entre comunidades autónomas. La norma establece que los precios son propuestos por los fabricantes e importadores y publicados por el Comisionado para el Mercado de Tabacos, lo que introduce una coordinación más estrecha entre el ámbito estatal y las CCAA, al incluir Ceuta y Melilla. Este cambio importa porque refleja una mayor centralización en la fijación de precios, afectando la competencia y el control del monopolio estatal en el sector del tabaco.

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