Resolución de 4 de septiembre de 2020, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área de Península y Baleares.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 4 de septiembre de 2020, de la Presidencia del Comisionado para el ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución publica los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área de Península y Baleares, según la normativa vigente. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se emite en virtud de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. El objetivo es regular los precios de venta al público de productos tabacaleros en el territorio mencionado. La norma establece que los precios deben ser publicados anualmente por el Comisionado para el Mercado de Tabacos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 4 de septiembre de 2020, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área de Península y Baleares. Esta norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que establece que el Comisionado para el Mercado de Tabacos debe publicar los precios de venta al público propuestos por los fabricantes e importadores. En el primer apartado, se detallan los precios de venta al público de las labores de tabaco, incluidos los tributos. Para los cigarrillos, se menciona el precio de Lucky Strike Outdoor a 4,35 euros por cajetilla. En el caso de los cigarros y cigarritos, se incluyen precios como los de Corona (25) a 0,60 euros, Coronita (25) a 0,50 euros y Nicaragua Toro (4) a 15,40 euros. Para las picaduras de pipa, el precio de Smoker´s Choice Century Mixture (15 g) es de 1,25 euros. El segundo apartado establece que la presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que significa que los precios publicados serán aplicables a partir de dicha fecha. La norma se emite en Madrid, el 4 de septiembre de 2020, firmada por el Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero. Esta resolución no establece nuevas obligaciones ni derechos, sino que simplemente publica los precios de venta al público de productos tabacaleros, que ya están regulados por la normativa vigente. La publicación de estos precios es una medida de transparencia y control del mercado, garantizando que los precios sean conocidos por los consumidores y los establecimientos comercializadores. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución publica los precios de venta al público de productos tabacaleros en el área de Península y Baleares, según la normativa vigente. Los precios son propuestos por fabricantes e importadores y se aplican a partir de su publicación. La norma se emite en cumplimiento del artículo 4 de la Ley 13/1998. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Publicación de precios**: Se establecen los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre. ⚠️ **Regulación por ley**: La norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. 📋 **Fecha de entrada en vigor**: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. ℹ️ **Responsable**: Firmada por el Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 4 de septiembre de 2020 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público, normativa tributaria - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, la regulación de los precios de venta al público de los productos tabacaleros en España se basaba en la normativa estatal, principalmente en la Ley 13/1998, que establecía la obligación del Comisionado para el Mercado de Tabacos de publicar los precios anualmente. Sin embargo, antes de la Resolución de 2020, no existía una normativa específica que regulara los precios en las Expendedurías de Tabaco y Timbre en el área de Península y Baleares, lo que generaba una falta de armonización entre las CCAA y el ámbito estatal. Esta resolución importa porque establece un marco claro y uniforme para la fijación de precios, mejorando la transparencia y la igualdad de condiciones en el mercado de tabaco.