Orden MinisterialNacionalvigente

Orden HAC/1098/2020, de 24 de noviembre, por la que se determina la cuantía de la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos previstos en la letra b) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, por el que se regula la creación del Fondo COVID-19 y se establecen las reglas relativas a su distribución y libramiento.

BOE-A-2020-14877Publicada: 25/11/2020Ministerio de Hacienda

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HAC/1098/2020, de 24 de noviembre, por la que se determina la cuantía de l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HAC/1098/2020 establece la distribución definitiva entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla de los recursos del Tramo 2 del Fondo COVID-19, basada en el gasto sanitario. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto-ley 22/2020 crea el Fondo COVID-19 para financiar a las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla ante la crisis sanitaria. La Orden HAC/1098/2020 determina cómo se reparte el Tramo 2 de este fondo, con un importe total de 3.000 millones de euros. La distribución se basa en criterios relacionados con el gasto sanitario, y el Ministerio de Hacienda tiene la competencia para fijar la cuantía de la distribución. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HAC/1098/2020, de 24 de noviembre de 2020, regula la distribución definitiva de los recursos del Tramo 2 del Fondo COVID-19 entre las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla. Esta norma se fundamenta en el Real Decreto-ley 22/2020, de 16 de junio, que crea el Fondo y establece los criterios de distribución. Según el apartado 2 del artículo 3 del Real Decreto-ley 22/2020, el Ministerio de Hacienda tiene la potestad de determinar la cuantía de la distribución definitiva del Tramo 2. El Tramo 2 del Fondo COVID-19 tiene un importe total de 3.000 millones de euros y se reparte según los criterios establecidos en la letra b) del apartado 2 del artículo 2 del Real Decreto-ley 22/2020. Estos criterios se basan principalmente en el gasto sanitario de cada Comunidad Autónoma y Ciudades de Ceuta y Melilla. La Orden HAC/1098/2020 detalla la distribución específica, asignando cantidades a cada región según su gasto sanitario acumulado a 31 de octubre de 2020. En la tabla adjunta, se muestra el número de casos de COVID-19 notificados y el número de hospitalizados en cada Comunidad Autónoma y en Ceuta y Melilla a 31 de octubre de 2020. Estos datos se utilizan como base para calcular el gasto sanitario y, por tanto, la distribución del Tramo 2. Por ejemplo, Madrid, con el mayor número de hospitalizados (50.135), recibe la mayor cantidad de recursos, mientras que Ceuta y Melilla, con pocos casos, reciben cantidades más pequeñas. La Orden HAC/1098/2020 se estructura en un único artículo, que establece la distribución definitiva. En el apartado 1, se indica que la distribución se realiza conforme al apartado 2 del artículo 3 del Real Decreto-ley 22/2020. En el apartado 2, se detalla la cuantía asignada a cada Comunidad Autónoma y a Ceuta y Melilla, basada en el gasto sanitario. Por ejemplo, el País Vasco recibe 802.998 euros, Navarra 379.586 euros, Melilla 14.598 euros y Ceuta 9.479 euros. La norma se complementa con una tabla que muestra el número de casos notificados y hospitalizados en cada región, lo que permite justificar la distribución del Tramo 2 del Fondo COVID-19. Esta tabla se emite como certificado por la Directora General de Salud Pública el 12 de noviembre de 2020. La Orden HAC/1098/2020 no establece nuevas normas, sino que aplica los criterios ya definidos en el Real Decreto-ley 22/2020. Su objetivo es garantizar una distribución equitativa y proporcional de los recursos del Fondo COVID-19, en función del impacto sanitario de la pandemia en cada región. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HAC/1098/2020 establece la distribución definitiva del Tramo 2 del Fondo COVID-19, basada en el gasto sanitario. La norma se fundamenta en el Real Decreto-ley 22/2020 y se aplica a las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla. La distribución se calcula según el número de casos y hospitalizados a 31 de octubre de 2020. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Distribución del Tramo 2 del Fondo COVID-19**: Se reparte 3.000 millones de euros según el gasto sanitario. ⚠️ **Criterio de distribución**: Basado en el número de casos y hospitalizados a 31 de octubre de 2020. 📋 **Datos oficiales**: La tabla adjunta muestra el número de casos y hospitalizados en cada región. ℹ️ **Competencia del Ministerio de Hacienda**: Se le atribuye la potestad de determinar la cuantía de la distribución. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden HAC/1098/2020 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 24 de noviembre de 2020 - **Materias**: Fondo COVID-19, distribución territorial, gasto sanitario, transferencias públicas - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden HAC/1098/2020, el Fondo COVID-19 se distribuía siguiendo criterios estatales y comunitarios, con un enfoque general que no consideraba las diferencias específicas entre las Comunidades Autónomas. Esta norma establece una distribución definitiva basada en el gasto sanitario, introduciendo una comparativa entre las CCAA y las ciudades de Ceuta y Melilla, lo cual importa porque permite una asignación más equitativa y adaptada a las necesidades reales de cada región, reflejando una mayor consideración de la realidad local dentro del marco estatal.

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