Orden HAC/1074/2020, de 16 de noviembre, por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2020 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HAC/1074/2020, de 16 de noviembre, por la que se regulan las operaciones d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HAC/1074/2020 establece plazos y procedimientos para la ejecución del presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias en el cierre del ejercicio 2020, regulando modificaciones de créditos, pagos, imputaciones y otros trámites. 2. **CONTEXTO** La Orden se enmarca en el marco de la Ley General Presupuestaria y la Ley de Presupuestos de cada ejercicio, con el objetivo de garantizar una adecuada ejecución del gasto público. Se busca regular de forma específica los trámites necesarios para finalizar el ejercicio 2020, siguiendo criterios de eficacia, necesidad y seguridad jurídica. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HAC/1074/2020, de 16 de noviembre de 2020, regula las operaciones de cierre del ejercicio 2020 relativas al presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias. Esta norma establece plazos y procedimientos para la tramitación de modificaciones presupuestarias, expedientes de gasto a fiscalizar, documentos contables, contabilización de operaciones, ordenación de pagos y realización de los mismos. En el artículo 1, se establece que las operaciones mencionadas deben regirse por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y por la Ley de Presupuestos de cada ejercicio. La Orden complementa esta regulación con especificaciones sobre los trámites a realizar para finalizar el ejercicio, tal como se ha venido haciendo en los últimos años. En el artículo 2, se establecen plazos para la entrada de expedientes de modificación de crédito. Los expedientes que deban autorizarse por el Consejo de Ministros o por la Ministra de Hacienda deben tener entrada en la Dirección General de Presupuestos antes del 20 de noviembre. Los expedientes autorizados por los titulares de los Departamentos ministeriales y Presidentes y Directores de los organismos autónomos y otros organismos públicos deben ser comunicados a la Dirección General de Presupuestos antes del 4 de diciembre. En la Disposición adicional única, se establece que, mediante Resolución del Interventor General de la Administración del Estado, se podrá dejar sin aplicación el procedimiento previsto en las reglas 14.2, 19.2 y 42.2.b) de la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 1 de febrero de 1996, por la que se aprueba la Instrucción de Operatoria Contable a seguir en la ejecución del gasto del Estado. Además, las oficinas de contabilidad podrán no registrar los documentos RC expedidos por los servicios gestores a partir de la entrada en vigor de esta Orden, para cumplir con los plazos establecidos. En la Disposición final única, se establece que la Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La Orden se fundamenta en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece los principios de buena regulación. Entre ellos se incluyen los principios de necesidad, eficacia y proporcionalidad, con el objetivo de garantizar una adecuada concreción de los plazos de operaciones y procedimientos relativos a las modificaciones presupuestarias y ejecución del gasto público. Asimismo, se respeta el principio de seguridad jurídica, que exige claridad, estabilidad y previsibilidad en las normas. La regulación se redacta empleando medidas que no supongan restricciones de derechos o imposición de obligaciones adicionales a los destinatarios. La Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional procederá a revisar las propuestas de pago pendientes de realización generadas en el ejercicio 2020 o anteriores para determinar las actuaciones a seguir. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HAC/1074/2020 establece plazos y procedimientos para la ejecución del presupuesto de gastos y operaciones no presupuestarias en el cierre del ejercicio 2020. Se basa en principios de buena regulación y seguridad jurídica, garantizando una adecuada concreción de los trámites necesarios. La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado y entró en vigor al día siguiente. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Plazos específicos**: Establece fechas límite para la entrada de expedientes de modificación de crédito y su comunicación. ⚠️ **Regulación de procedimientos**: Se deja sin aplicación ciertos procedimientos de la Instrucción de Operatoria Contable. 📋 **Documentación y registro**: Permite no registrar documentos RC expedidos por servicios gestores. ℹ️ **Fundamento legal**: Se basa en la Ley 39/2015 y en principios de buena regulación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 16 de noviembre de 2020 - **Materias**: Presupuesto público, gasto público, contabilidad, procedimiento administrativo - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden HAC/1074/2020, las normas estatales y autonómicas regulaban de forma dispersa las operaciones de cierre del ejercicio presupuestario, sin un marco común que garantizara la homogeneidad y la seguridad jurídica. La normativa estatal, como la Ley General Presupuestaria, establecía principios generales, pero las comunidades autónomas tenían su propia legislación, lo que generaba incertidumbre. La importancia de la Orden radica en su papel de armonización, asegurando que las operaciones de cierre se realicen de forma eficaz, conforme a criterios uniformes, lo que facilita la transparencia y la fiscalización del gasto público.