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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 13 de octubre de 2020, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización.

BOE-A-2020-12501Publicada: 19/10/2020MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 13 de octubre de 2020, de la Dirección General de Política Energét ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 13 de octubre de 2020 establece los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización, vigentes a partir del 20 de octubre de 2020. 2. **CONTEXTO** La norma se enmarca en el marco legal del sector energético español, regulado principalmente por la Ley 34/1998 y la Ley 24/2005. La Dirección General de Política Energética y Minas, en cumplimiento de las competencias delegadas, publica los nuevos precios de venta de los gases licuados del petróleo por canalización. La resolución también establece cómo se aplican estos precios a los suministros pendientes de ejecución y a las facturaciones correspondientes al período que incluye la fecha de entrada en vigor. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 13 de octubre de 2020, publicada por la Dirección General de Política Energética y Minas, establece los nuevos precios de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo por canalización, vigentes a partir del 20 de octubre de 2020. Esta resolución se fundamenta en el artículo 94 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos, que otorga al Ministro de Industria, Energía y Turismo la competencia para dictar disposiciones sobre las tarifas de venta de los gases licuados del petróleo por canalización, así como los precios de cesión para los distribuidores. Asimismo, se basa en el artículo 12.1 de la Ley 24/2005, de 18 de noviembre, de Reformas para el Impulso a la Productividad, que establece que mediante orden ministerial, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, se dictarán las disposiciones necesarias para el establecimiento de las tarifas de venta del gas natural, gases manufacturados y gases licuados del petróleo por canalización, así como los precios de cesión para los distribuidores. La resolución establece que las tarifas de venta a los usuarios serán únicas para todo el territorio nacional, sin perjuicio de sus especialidades, según lo dispuesto en el artículo 12.1 de la Ley 24/2005. Además, se menciona que la Orden de 16 de julio de 1998 del Ministerio de Industria y Energía había establecido el sistema de determinación automática de precios máximos de venta de los gases licuados del petróleo, lo cual se complementa con la presente resolución. En cuanto a la aplicación de los nuevos precios, la resolución establece que los suministros pendientes de ejecución, es decir, aquellos que aún no se hayan realizado o se encuentren en fase de realización a las cero horas del 20 de octubre de 2020, se calcularán repartiendo proporcionalmente el consumo total correspondiente al período facturado a los días anteriores y posteriores a la fecha de entrada en vigor, aplicando a los consumos resultantes los precios que correspondan a las distintas resoluciones aplicables. Asimismo, las empresas distribuidoras de gases licuados del petróleo por canalización deben adoptar las medidas necesarias para la determinación de los consumos periódicos efectuados por cada uno de sus clientes, a efectos de proceder a la correcta aplicación de los precios establecidos. La resolución será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos desde el 20 de octubre de 2020. Además, se establece que contra la resolución se puede interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece nuevos precios de venta de los gases licuados del petróleo por canalización, vigentes a partir del 20 de octubre de 2020. Establece cómo se aplican estos precios a los suministros pendientes de ejecución y a las facturaciones correspondientes al período que incluye la fecha de entrada en vigor. Además, se establece el procedimiento para interponer recursos de alzada. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establecimiento de nuevos precios**: La resolución fija los nuevos precios de venta de los gases licuados del petróleo por canalización. ⚠️ **Vigencia desde el 20 de octubre de 2020**: Los precios entran en vigor el 20 de octubre de 2020, aunque los pedidos con fecha anterior también se aplican. 📋 **Aplicación a suministros pendientes**: Los suministros no ejecutados al 20 de octubre se calculan proporcionalmente. ℹ️ **Procedimiento de recurso**: Se permite interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 13 de octubre de 2020 - **Materias**: Energía, Hidrocarburos, Precios, Distribución de gas - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2020, los precios de los gases licuados del petróleo por canalización en España estaban regulados por normativas estatales y, en ciertos casos, por normas de las Comunidades Autónomas, dentro del marco legal definido por la Ley 34/1998. La importancia de esta resolución radica en que establece un marco uniforme y actualizado, garantizando la transparencia y la aplicación coherente de los precios en todo el territorio nacional, lo que facilita la comparación y el cumplimiento normativo a nivel estatal y europeo.

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