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ResoluciónNacionalvigente

Enmiendas de 2013 al Convenio Internacional sobre líneas de carga, 1966 enmendado, adoptadas en Londres el 4 de diciembre de 2013, mediante Resolución A.1082(28).

BOE-A-2018-5531Publicada: 24/04/2018MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una enmienda al Convenio Internacional sobre Líneas de Carga de 1966, que es el tratado internacional que establece las normas de seguridad para los barcos en el mar. Específicamente, modifica la regla 47 que define la zona de invierno en el hemisferio sur, desplazando su límite norte 50 millas hacia el sur a la altura del extremo meridional de África. **¿A quién afecta?** Afecta a los gobiernos que son parte del Convenio Internacional sobre Líneas de Carga de 1966 y, por tanto, a los buques que navegan en aguas internacionales, especialmente aquellos que operan en la zona periódica de invierno del hemisferio sur. **¿Qué cambia o establece?** Cambia los límites geográficos exactos de la zona periódica de invierno del hemisferio sur mediante coordenadas de latitud y longitud, y establece que los períodos estacionales en esa zona son: invierno del 16 de abril al 15 de octubre, y verano del 16 de octubre al 15 de abril. Esta enmienda entró en vigor el 28 de febrero de 2018.

💬 Contexto ciudadano

El Convenio Internacional sobre Líneas de Carga de 1966 constituye la normativa internacional de seguridad marítima más antigua aún vigente, que establece estándares mínimos de construcción y operación de buques. Esta enmienda de 2013 ajusta los límites geográficos de la zona de invierno austral, resultando una modificación técnica de carácter periódico en tratados internacionales de la OMI que España, como estado miembro vinculado, ha ratificado. A diferencia de directivas europeas de armonización normativa, este convenio es obligatorio para todas las partes signatarias sin variación por ordenamiento nacional. Su importancia radica en garantizar estándares uniformes de seguridad en aguas australes, reduciendo riesgos de siniestros en una zona de navegación crítica; para armadores y constructores navales españoles, el cumplimiento es condición indispensable para operar internacionalmente y afecta directamente costos operativos y competitividad.

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