Resolución de 13 de enero de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de funciones en el ámbito de competencias del Departamento de Gestión Tributaria.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 13 de enero de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Ad ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 13 de enero de 2021 establece la organización y atribución de funciones del Departamento de Gestión Tributaria, modificando la estructura organizativa vigente y derogando la Resolución de 2004, con excepción de su apartado tercero.1.A).15.º. 2. **CONTEXTO** La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) se encarga de la gestión tributaria en España. El Departamento de Gestión Tributaria tiene funciones de información, asistencia y verificación y control tributario. La Resolución de 2004 estableció una estructura organizativa que se actualiza con esta nueva norma. La entrada en vigor de la Ley General Tributaria en 2003 y el desarrollo tecnológico motivaron cambios en la organización. La presente resolución busca adaptar la estructura a nuevas exigencias y mejorar la eficiencia en la gestión tributaria. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 13 de enero de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, establece la organización y atribución de funciones del Departamento de Gestión Tributaria, modificando la estructura organizativa vigente. En primer lugar, se establece que las funciones de información y asistencia tributaria son desarrolladas principalmente por los órganos de Gestión, mientras que las funciones de verificación y control tributario se comparten con el Departamento de Inspección Financiera y Tributaria, sin perjuicio de las especialidades aduaneras y de los Impuestos Especiales (Artículo 1). La Resolución de 19 de febrero de 2004, que estableció una estructura organizativa previa, se deroga con excepción del apartado tercero.1.A).15.º, que queda derogado el 30 de junio de 2021 (Artículo 4). Esta derogación se produce tras alcanzar los objetivos previstos en la Resolución de 2004, como la implementación de un sistema de atención integral en oficinas mediante cita previa, la mejora de la información y asistencia en la campaña del IRPF con un nuevo servicio de confección on line de la declaración, y el avance en actuaciones basadas en procesos informáticos, gestión de declaraciones informativas y especialización en las Dependencias Regionales de Gestión Tributaria (Artículo 1). La resolución establece que las funciones y competencias de los órganos de Gestión Tributaria contemplados en la misma serán desempeñadas por los actualmente existentes, y los puestos de trabajo afectados continuarán subsistentes hasta que se apruebe la relación de puestos de trabajo adaptada a la nueva estructura orgánica (Artículo 2). En cuanto a los procedimientos en curso, se establece que en los casos en los que una función pase a ser ejercida por un órgano distinto tras la entrada en vigor de esta resolución, los procedimientos en curso se continuarán hasta su terminación por el órgano que los hubiera iniciado (Artículo 2). Las Dependencias Regionales de Gestión Tributaria mantendrán la competencia para la gestión y control del Impuesto sobre el Patrimonio por obligación real en relación con los impuestos devengados con anterioridad al 1 de enero de 2019 (Artículo 3). Finalmente, la resolución entra en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo en lo relativo al ejercicio por la Oficina Nacional de Gestión Tributaria de la función contemplada en el apartado tercero.1.1.d), que entrará en vigor en la misma fecha en que se produzca la entrada en vigor de la norma de transposición al ordenamiento interno de la Directiva (UE) 2017/2455 del Consejo, de 5 de diciembre de 2017, por la que se modifican la Directiva 2006/112/CE y la Directiva 2009/132/CE en lo referente a determinadas obligaciones respecto del Impuesto sobre el Valor Añadido para las prestaciones de servicios y las ventas a distancia de bienes (Artículo 4). 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece una nueva organización del Departamento de Gestión Tributaria, derogando la anterior normativa con excepción de un apartado. Se mantiene la continuidad de los procedimientos en curso y se establece la vigencia de la norma en función de la entrada en vigor de una directiva europea. La estructura se adapta a los cambios normativos y tecnológicos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Organización y atribución de funciones**: Se establece una nueva estructura del Departamento de Gestión Tributaria. ⚠️ **Derogación parcial**: La Resolución de 2004 queda derogada con excepción de un apartado. 📋 **Continuidad de procedimientos**: Los procedimientos en curso se continuarán por el órgano que los inició. ℹ️ **Vigencia condicionada**: La entrada en vigor de la norma depende de la transposición de una directiva europea. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 13 de enero de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 13 de enero de 2021 - **Materias**: Tributaria, organización administrativa, gestión tributaria - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2021, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) seguía una estructura organizativa establecida en la Resolución de 2004, que se ajustaba a las exigencias de la Ley General Tributaria de 2003 y al contexto tecnológico de la época. Esta norma se actualiza para adaptarse a nuevas demandas, mejorando la eficiencia y la coordinación en la gestión tributaria. La comparativa con el ámbito estatal y las comunidades autónomas muestra cómo la AEAT reorganiza sus funciones para optimizar el control y la asistencia tributaria, reflejando una evolución hacia un sistema más integrado y eficaz en el marco de la Unión Europea.