Orden HAC/1285/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifican la Orden HFP/1978/2016, de 28 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 231 de Declaración de información país por país, la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria y la Orden EHA/3127/
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HAC/1285/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifican la Orden HFP/19 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HAC/1285/2020 modifica el modelo 231 de Declaración de información país por país y otras normas tributarias para adaptarlas a las recomendaciones de la OCDE y permitir el pago mediante transferencia bancaria. 2. **CONTEXTO** La Orden HAC/1285/2020 modifica normas vigentes, incluyendo la Orden HFP/1978/2016, para actualizar el modelo 231 de Declaración de información país por país. Esta modificación responde a las recomendaciones de la OCDE sobre el intercambio de información en el marco del modelo de país por país. Además, se incorpora la posibilidad de pago mediante transferencia bancaria, conforme a la Orden HAC/785/2020. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HAC/1285/2020, de 29 de diciembre de 2020, modifica diversas normas tributarias, entre ellas la Orden HFP/1978/2016, de 28 de diciembre, que aprueba el modelo 231 de Declaración de información país por país. La principal modificación se centra en el modelo 231, alineándose con las recomendaciones de la OCDE. Según la OCDE, este modelo debe incluir información sobre entidades residentes en España dependientes de entidades no residentes que no estén a su vez dependientes de otra, así como sobre establecimientos permanentes en España de entidades no residentes del grupo. En el caso de que la entidad no residente no suministre toda o parte de la información correspondiente al grupo de la entidad residente o al establecimiento permanente, las entidades obligadas a presentar el informe país por país deberán presentar la información de que dispongan y notificar esta circunstancia a la Administración tributaria. Este supuesto está previsto en el penúltimo párrafo del apartado 1 del artículo 13 del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio. Sin embargo, el anexo del modelo 231 no permitía comunicar esta circunstancia a la Administración Tributaria. Por ello, se ha modificado el anexo de la Orden HFP/1978/2016 para reflejar los cambios propuestos por la OCDE en el esquema de intercambio del informe país por país. Además, la Orden HAC/1285/2020 modifica la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, que regula los procedimientos y condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución de naturaleza tributaria. Esta modificación permite prever la posibilidad de pago mediante transferencia bancaria, conforme a la Orden HAC/785/2020, de 21 de julio, en los supuestos, términos y condiciones que se desarrollen reglamentariamente. Otra parte de la Orden HAC/1285/2020 modifica las subclaves del modelo 190, que se utilizan para la declaración de la renta de las personas físicas. En concreto, se modifica la subclave 22 y 28, que se refieren a prestaciones económicas exentas. La subclave 22 incluye prestaciones económicas establecidas por las Comunidades Autónomas en concepto de renta mínima de inserción, excluyendo las prestaciones de la subclave 28. La subclave 28, por su parte, incluye las prestaciones económicas establecidas por las Comunidades Autónomas en concepto de renta mínima de inserción, excluyendo las prestaciones de la subclave 22. La subclave 29 incluye la prestación económica de la Seguridad Social correspondiente al ingreso mínimo vital. La subclave 30 incluye otras rentas exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que no estén incluidas en las subclaves anteriores. El resto de subclaves del campo «SUBCLAVE» correspondiente a las posiciones 79-80, del tipo de registro 2 (registro de perceptor), del Anexo II no se modifican. La Orden HAC/1285/2020 establece que entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Los artículos primero y tercero serán aplicables por primera vez para las presentaciones de los modelos 231 y 190 cuyo plazo de presentación se inicie a partir del 1 de enero de 2021. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HAC/1285/2020 modifica el modelo 231 de Declaración de información país por país para alinearse con las recomendaciones de la OCDE y permite el pago mediante transferencia bancaria. Además, actualiza las subclaves del modelo 190 para incluir nuevas prestaciones económicas exentas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del modelo 231**: Se actualiza para cumplir con las recomendaciones de la OCDE sobre el intercambio de información. ⚠️ **Notificación de información incompleta**: Las entidades deben notificar a la Administración Tributaria si la entidad no residente no suministra toda la información. 📋 **Pago mediante transferencia bancaria**: Se permite conforme a la Orden HAC/785/2020. ℹ️ **Actualización de subclaves del modelo 190**: Se incluyen nuevas prestaciones económicas exentas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden HAC/1285/2020 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 29 de diciembre de 2020 - **Materias**: Tributaria, Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, OCDE, Declaración de información país por país, Modelo 231, Modelo 190 - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden HAC/1285/2020, las normas estatales y autonómicas en materia de declaración de información país por país, como la Orden HFP/1978/2016, no estaban alineadas con las recomendaciones de la OCDE, lo que limitaba el intercambio eficaz de información entre Estados. La Orden HAC/1285/2020 introduce modificaciones para adaptar estas normas a los estándares internacionales, permitiendo un mayor cumplimiento y transparencia. Este cambio es relevante porque refleja la evolución hacia un marco regulatorio más coherente con la UE y la OCDE, mejorando la cooperación fiscal y la lucha contra la evasión.