Resolución de 2 de febrero de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se corrigen errores en la de 13 de enero de 2021, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 2 de febrero de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal de A ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 2 de febrero de 2021 corrige errores en la Resolución de 13 de enero de 2021 sobre la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 2. **CONTEXTO** La Resolución de 13 de enero de 2021 establecía la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Sin embargo, se detectaron errores en su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Por ello, se emitió una nueva resolución para corregir dichos errores y garantizar la precisión de la información. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 2 de febrero de 2021, publicada en el Boletín Oficial del Estado, corrige errores en la Resolución de 13 de enero de 2021, que establecía la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Estas correcciones afectan varios puntos específicos del documento original, incluyendo la inclusión de un apartado omitido y la corrección de nombres y ubicaciones de delegaciones. En la página 3256, se corrige la omisión del apartado 3 del decimoquinto punto, que se refiere a las Administraciones de asistencia Digital Integral. Se añade el texto: «3. Las Administraciones de asistencia Digital Integral de la Agencia Tributaria son las que se relacionan en el anexo III de esta resolución.» En la página 3260, se corrige el nombre de la Delegación de la Agencia de Araba/Álava, pasando de «Araba» a «Araba/Álava», para reflejar correctamente el nombre del territorio. En la página 3263, se corrige la descripción de la Delegación Especial de Cantabria, añadiendo el texto: «Prestará básicamente servicios de información y de asistencia, así como cualquier otra función que se le encomiende la siguiente Administración: Código 39059. Administración Reinosa.» En la página 3268, se corrige el nombre del aeropuerto de Santa Cruz de Tenerife, pasando de «Santa Cruz de Tenerife Norte-Los Rodeos» a «Santa Cruz de Tenerife Sur-Reina Sofía», y se añade la sede correspondiente en Granadilla de Abona. Además, en la página 3269, se corrige la omisión del Anexo III, que detalla las Administraciones de asistencia Digital Integral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, incluyendo la de Valencia. Estas correcciones son relevantes para garantizar la precisión de la información sobre la organización territorial de la Agencia, lo cual es fundamental para la correcta aplicación de sus funciones y la comunicación con los ciudadanos y empresas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución corrige errores en la publicación de la estructura territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Se incluyen correcciones en nombres, ubicaciones y anexos. Estas modificaciones son necesarias para garantizar la precisión de la información institucional. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Se corrige la omisión del apartado 3 del decimoquinto punto. ⚠️ Se actualiza el nombre de la Delegación de Araba/Álava. 📋 Se añade el texto sobre la función de la Administración de Reinosa. ℹ️ Se corrige el nombre del aeropuerto de Santa Cruz de Tenerife y se incluye el anexo III. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 2 de febrero de 2021 - **Materias**: Organización territorial, Administración Pública, Agencia Estatal de Administración Tributaria - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2 de febrero de 2021, la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) se establecía en la Resolución de 13 de enero de 2021, que contenía errores en su publicación. Esta norma se comparó con el marco estatal y las normativas de las Comunidades Autónomas (CCAA), que también regulan la organización tributaria, aunque con autonomía propia. La importancia de esta corrección radica en garantizar la precisión de la estructura territorial de la AEAT, lo que afecta a su funcionamiento y a la coordinación con las administraciones locales y europeas, especialmente en materia de asistencia digital y gestión tributaria.