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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2021-4798Publicada: 27/03/2021MINISTERIO DE HACIENDA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Presidencia del Comisionado para el Mer ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución publica los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, incluyendo Ceuta y Melilla, según lo establecido en la Ley 13/1998. 2. **CONTEXTO** La Resolución se emite en virtud de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. El objetivo es fijar los precios de venta al público de distintos productos tabacaleros, incluyendo cigerros, cigarros, picaduras de liar y pipa, en las tiendas oficiales del Monopolio. La norma establece los precios para la Península e Illes Balears, así como para Ceuta y Melilla. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 26 de marzo de 2021, publicada por el Comisionado para el Mercado de Tabacos, establece los precios de venta al público (PVP) de diversas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre, en cumplimiento del artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. Este artículo otorga al Comisionado la facultad de fijar los precios de venta al público de los productos tabacaleros, incluyendo los tributos aplicables, en las tiendas oficiales del Monopolio. La Resolución detalla los precios de venta al público para distintos productos, como cigerros, cigarros, picaduras de liar y pipa, en la Península e Illes Balears, así como en Ceuta y Melilla. Por ejemplo, en la Península, los cigerros Marlboro Red KS BOB (23) tienen un PVP de 5,35 euros por cajetilla, mientras que los cigarros AJ. Fernández Dias de Gloria Short Churchill (20) tienen un precio de 12,95 euros por unidad. En cuanto a las picaduras de pipa, se detallan precios que van desde 2,30 euros hasta 39,50 euros, dependiendo del producto. En Ceuta y Melilla, los precios son ligeramente inferiores, como el caso de los Dozaj Excalibur (50 g) que se venden a 2,40 euros, frente a 3,00 euros en la Península. La Resolución establece que los precios publicados incluyen todos los tributos aplicables, lo que garantiza una transparencia en la venta al público. Además, se indica que la presente Resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Esta norma se emite en el marco de la regulación del mercado de tabaco, con el fin de garantizar el control del precio y la aplicación uniforme de los impuestos sobre los productos tabacaleros. El Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero, firma la Resolución, confirmando su entrada en vigor. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución fija los precios de venta al público de productos tabacaleros en tiendas oficiales del Monopolio, en cumplimiento de la Ley 13/1998. Los precios incluyen tributos y varían según la región. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de precios**: Se establecen precios de venta al público de distintos productos tabacaleros en Expendedurías de Tabaco y Timbre. ⚠️ **Diferencias regionales**: Los precios varían entre la Península e Illes Balears y Ceuta y Melilla. 📋 **Cumplimiento legal**: La norma se emite en virtud del artículo 4 de la Ley 13/1998. ℹ️ **Entrada en vigor**: La Resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 26 de marzo de 2021 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público, tributos, regulación del tabaco - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Resolución de 2021, los precios de venta al público de los productos tabacaleros en España estaban regulados por la Ley 13/1998, que establecía la competencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos para fijar dichos precios en el ámbito estatal y autonómico. En contraste, en la Unión Europea, los precios de los tabacos están regulados por la Directiva 2014/40/UE, que establece normas mínimas de protección de los consumidores y limita la intervención estatal. La importancia de esta Resolución radica en que, al fijar precios específicos en las Expendedurías de Tabaco y Timbre, refleja una regulación más detallada y localizada que la normativa europea, permitiendo una mayor adaptación a las necesidades específicas de las comunidades autónomas y de Ceuta y Melilla.

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