ResoluciónNacionalvigente

Decreto-ley Foral 3/2021, de 31 de marzo, por el que se determina la imputación temporal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la regularización de las prestaciones percibidas por expedientes de regulación temporal de empleo y se modifica el Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

BOE-A-2021-7762Publicada: 11/05/2021COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Decreto-ley Foral 3/2021, de 31 de marzo, por el que se determina la imputación ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Decreto-ley Foral 3/2021 establece la imputación temporal de las prestaciones por ERTE en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y modifica el Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. 2. **CONTEXTO** La crisis económica provocada por el coronavirus y el Real Decreto-ley 8/2020 generó un gran número de ERTE, lo que provocó errores en la gestión de prestaciones, obligando a muchos trabajadores a devolver cantidades al SEPE. La normativa foral prevé que los contribuyentes puedan elegir entre imputar la devolución en el periodo impositivo de la devolución o en el de la percepción. El decreto-ley simplifica este procedimiento y establece plazos para la opción. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Decreto-ley Foral 3/2021, de 31 de marzo, regula la imputación temporal de las prestaciones por ERTE en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y modifica el Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. En el primer ámbito, el decreto establece que los contribuyentes que deban devolver cantidades por prestaciones indebidamente percibidas en periodos impositivos anteriores pueden optar entre imputar la renta negativa en la autoliquidación del periodo en que se efectúe la devolución o en la del periodo en que se percibió la renta indebidamente. La opción se debe manifestar en el periodo comprendido entre el 12 de abril de 2021 y la finalización del plazo de presentación de la declaración correspondiente al ejercicio en que se efectúe la devolución. Esto implica que, en el caso de devoluciones en 2021, el contribuyente debe incluir el importe total percibido en la autoliquidación de 2020 y tributar por ello, esperando al año 2022 para incluir la renta negativa en la autoliquidación de 2021 o solicitar la rectificación de la de 2020. En cuanto al segundo ámbito, el decreto modifica el Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, añadiendo un párrafo al artículo 35.I.B.26. Este párrafo establece que las escrituras de formalización de la extensión de los plazos de vencimiento de las operaciones de financiación que han recibido aval público, previstas en el Real Decreto-ley 5/2021, quedarán exentas de la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de actos jurídicos documentados, siempre que exista garantía real inscribible. El decreto-ley también incluye disposiciones finales que remiten el texto al Parlamento de Navarra para su convalidación y establecen su entrada en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra», con los efectos previstos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Decreto-ley Foral 3/2021 simplifica el procedimiento de imputación de las prestaciones por ERTE en el Impuesto sobre la Renta y modifica la normativa sobre transmisiones patrimoniales. Establece plazos para la opción de imputación y exención de cuotas notariales en ciertos casos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Imputación temporal de las prestaciones por ERTE**: Los contribuyentes pueden elegir entre imputar la devolución en el periodo de la devolución o en el de la percepción. ⚠️ **Plazo para la opción**: Debe manifestarse entre el 12 de abril de 2021 y el final del plazo de presentación de la declaración correspondiente. 📋 **Procedimiento simplificado**: En caso de devoluciones en 2021, el importe debe incluirse en la autoliquidación de 2020. ℹ️ **Modificación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales**: Exención de cuotas notariales en operaciones de financiación con aval público. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Foral (Navarra) - **Fuente**: Decreto-ley Foral 3/2021 - **Tipo**: Decreto-ley Foral - **Fecha**: 31 de marzo de 2021 - **Materias**: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, ERTE, devoluciones de prestaciones - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Decreto-ley Foral 3/2021, las normas estatal y de las Comunidades Autónomas (CCAA) regulaban de forma dispersa la imputación temporal de las prestaciones por ERTE en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, lo que generaba incertidumbre y complejidad en su aplicación. La Unión Europea no establecía un marco uniforme, lo que permitía diferencias significativas entre los sistemas fiscales nacionales. Este decreto foral busca simplificar y armonizar el procedimiento, permitiendo a los contribuyentes elegir entre imputar la devolución en el periodo de la devolución o en el de la percepción, lo cual es relevante para garantizar una aplicación más clara y eficiente de la normativa fiscal.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →