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Resolución de 4 de junio de 2021, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.

BOE-A-2021-9352Publicada: 05/06/2021Ministerio de Sanidad

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 4 de junio de 2021, de la Dirección General de Salud Pública, rela ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 4 de junio de 2021 de la Dirección General de Salud Pública establece nuevos controles sanitarios para pasajeros que lleguen a España, derogando resoluciones anteriores y adaptándose a la evolución de la pandemia. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se emitió en el marco del Real Decreto-ley 8/2021, que estableció medidas sanitarias tras la finalización del estado de alarma. Se basa en la evolución epidemiológica y en las recomendaciones de la Unión Europea. La norma sustituye resoluciones anteriores de 2020, adaptándose a la situación actual. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 4 de junio de 2021 de la Dirección General de Salud Pública establece nuevos controles sanitarios a aplicar en los puntos de entrada de España, derogando las Resoluciones de 11 de noviembre y 9 de diciembre de 2020. Estas últimas, que regulaban los controles sanitarios y las pruebas diagnósticas, quedan sin efecto a partir de la entrada en vigor de la nueva resolución. No obstante, durante los tres días siguientes a su publicación, se aceptarán códigos QR emitidos por SpTH basados en las resoluciones derogadas. Además, durante un mes, las compañías de transporte podrán utilizar el formulario de control sanitario en papel si no pueden facilitar la cumplimentación electrónica a sus pasajeros. La resolución establece que los controles sanitarios se realizarán mediante un formulario de control sanitario, que incluye información relativa al viaje, datos personales, localización y contacto del pasajero, datos epidemiológicos, y, en caso de proceder de países o zonas de riesgo, información del documento acreditativo de vacunación, prueba diagnóstica o certificado de recuperación. Además, se incluye una declaración responsable del pasajero. La resolución también establece que podrá ser recurrida en alzada ante la Secretaria de Estado de Sanidad en el plazo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado, conforme a los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La norma se enmarca en el Real Decreto-ley 8/2021, que establece medidas sanitarias tras la finalización del estado de alarma. Esta resolución se adapta a la evolución epidemiológica y a las recomendaciones de la Unión Europea, que han sido revisadas y actualizadas, como la Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo de 30 de junio de 2020 y la Recomandación (UE) 2020/1475 del Consejo de 13 de octubre de 2020. Además, la resolución se alinea con el desarrollo del marco para la emisión, verificación y aceptación de certificados interoperables de vacunación, pruebas diagnósticas y recuperación, que facilitan la movilidad entre países. Esta norma busca garantizar la seguridad sanitaria en los puntos de entrada de España, adaptándose a la situación actual de la pandemia y a las normativas europeas vigentes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece nuevos controles sanitarios en los puntos de entrada de España, derogando resoluciones anteriores. Permite la utilización temporal de códigos QR y formularios en papel en ciertos casos. Puede ser recurrida en alzada. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derogación de resoluciones anteriores**: La resolución sustituye las normas de 2020, adaptándose a la evolución de la pandemia. ⚠️ **Adaptación a la situación epidemiológica**: Se ajusta a la evolución de la pandemia y a las recomendaciones europeas. 📋 **Nuevos controles sanitarios**: Se establecen nuevos requisitos para los pasajeros que lleguen a España. ℹ️ **Flexibilidad en la aplicación**: Se permite la utilización temporal de códigos QR y formularios en papel en ciertos casos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 4 de junio de 2021, de la Dirección General de Salud Pública - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 4 de junio de 2021 - **Materias**: Salud pública, controles sanitarios, fronteras, pandemia, certificados de vacunación - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2021, las normas sanitarias en los puntos de entrada de España eran reguladas por resoluciones de 2020, que se adaptaban a la situación de la pandemia en ese momento. Estas normas estaban vigentes dentro del marco estatal y, en cierta medida, influenciadas por las directrices de la Unión Europea. La nueva resolución, emitida en junio de 2021, sustituyó estas normas anteriores, reflejando una evolución en la estrategia sanitaria nacional y la adaptación a la evolución epidemiológica. Este cambio importa porque marca una actualización en los controles sanitarios, alineándose con las medidas europeas y permitiendo una gestión más eficiente de la entrada de personas en España.

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