Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 28 de febrero de 2006, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la validación mediante un código NRC de los avales otorgados por las entidades de crédito y por las sociedades de garantía recíproca y presentados por los interesados ante la Administración Tributaria.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Dirección General de la Agencia Es ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 20 de septiembre de 2021 modifica la Resolución de 28 de febrero de 2006, estableciendo que la Agencia Estatal de Administración Tributaria será la emisora del Número de Referencia Completo (NRC) para los avales presentados ante la Administración Tributaria. 2. **CONTEXTO** La Resolución de 2006 establecía el procedimiento para la validación informática de los avales mediante el NRC, emitido por entidades financieras. Esta norma se actualiza para mejorar la seguridad y aprovechar las tecnologías actuales. La modificación busca adaptar el sistema de gestión del NRC, que ahora será emitido directamente por la Agencia Tributaria. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 20 de septiembre de 2021, emitida por la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, modifica la Resolución de 28 de febrero de 2006, con el objetivo de actualizar el sistema de gestión del Número de Referencia Completo (NRC) utilizado para la validación de avales presentados ante la Administración Tributaria. Según el artículo 1, primer párrafo, se establece que la Agencia Tributaria será la emisora del NRC, previa petición de las entidades colaboradoras. Esta medida busca mejorar la seguridad del sistema y aprovechar las tecnologías actuales, evitando problemas de seguridad que se habían identificado en el sistema anterior. En el artículo 1, segundo párrafo, se menciona que la entidad de crédito asumirá cualquier responsabilidad derivada de un uso inadecuado del servicio de generación de NRC por parte de sus empleados. Esto implica que, aunque la Agencia Tributaria será la emisora del NRC, las entidades financieras siguen siendo responsables de la correcta generación y uso del mismo. En el artículo 2, se modifica el Anexo II, denominado “Modelo de designación de responsables de las entidades avalistas”. Este anexo se redacta de manera más detallada, especificando que las entidades avalistas deben proporcionar información sobre sus responsables, tanto si son colaboradoras en la gestión recaudatoria como si no lo son. Para las entidades que no son colaboradoras, se requiere la identificación completa de dos responsables, incluyendo datos como nombre, dirección, teléfono, fax y correo electrónico. Esta modificación busca garantizar una mayor transparencia y control en la gestión de los avales. En el artículo 3, se establece la transitoriedad, indicando que hasta el 3 de diciembre de 2021, los órganos de la Agencia Tributaria admitirán como válidos los NRC generados por entidades de crédito y presentados en avales formalizados antes de esa fecha. Esto permite un periodo de transición para que las entidades se adapten al nuevo sistema. En el artículo 4, se establece que la presente resolución será aplicable desde el 18 de noviembre de 2021. Esto significa que a partir de esa fecha, los NRC deberán ser emitidos directamente por la Agencia Tributaria, y las entidades colaboradoras deberán cumplir con los nuevos requisitos establecidos. Esta modificación busca mejorar la seguridad, la eficiencia y la transparencia en el sistema de validación de avales, garantizando que los créditos públicos se cobren de manera segura y eficaz, sin incrementar la carga de control administrativo. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 2021 modifica el sistema de emisión del NRC para mejorar la seguridad y eficiencia. La Agencia Tributaria será ahora la emisora del NRC, con nuevas responsabilidades para las entidades financieras. Se establece un periodo de transición y una aplicación gradual de la nueva norma. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del sistema de emisión del NRC**: La Agencia Tributaria será la emisora del NRC, previa petición de las entidades colaboradoras. ⚠️ **Responsabilidad de las entidades financieras**: Asumen responsabilidad por el uso inadecuado del servicio de generación del NRC. 📋 **Nuevos requisitos en el modelo de responsables**: Se establecen datos detallados de los responsables de las entidades avalistas. ℹ️ **Transitoriedad y fecha de aplicación**: Los NRC generados antes del 3 de diciembre de 2021 seguirán siendo válidos, y la norma entrará en vigor el 18 de noviembre de 2021. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 20 de septiembre de 2021, Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 20 de septiembre de 2021 - **Materias**: Tributaria, administrativa, gestión recaudatoria, avales, NRC - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2021, el Número de Referencia Completo (NRC) para la validación de avales era emitido por entidades financieras y sociedades de garantía recíproca, según la normativa de 2006. Esta estructura era estatal, pero no integrada en el marco de la Unión Europea, lo que generaba incoherencias en la aplicación de normas comunes en el ámbito de la UE. La importancia de esta modificación radica en que centraliza la emisión del NRC en la Agencia Tributaria, mejorando la seguridad y la eficiencia del sistema, alineándose con estándares europeos y facilitando la interoperabilidad entre los sistemas estatal y comunitario.