Corrección de errores de la Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se actualizan los valores αₜ y ß de las fórmulas de los apartados 1 y 2, respectivamente, del artículo 11 de la Orden ITC/2877/2008, de 9 de octubre, por la que se establece un mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Resolución de 17 de diciembre de 2021, de la Secreta ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige un error en la fecha de publicación de la Resolución de 17 de diciembre de 2021 de la Secretaría de Estado de Energía. 2. **CONTEXTO** La Resolución de 17 de diciembre de 2021 actualizaba los valores αₜ y β de la Orden ITC/2877/2008. Se detectó un error en la fecha de firma de la Resolución, que se publicó en el BOE número 308 del 24 de diciembre de 2021. Se procede a su corrección para garantizar la precisión de la información. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma es un **Orden Ministerial** emitido por la Secretaría de Estado de Energía, con el objetivo de corregir un error en la fecha de firma de la Resolución de 17 de diciembre de 2021. Esta Resolución, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 308 del 24 de diciembre de 2021, actualizaba los valores αₜ y β de las fórmulas del apartado 1 y 2, respectivamente, del artículo 11 de la Orden ITC/2877/2008, de 9 de octubre de 2008. La corrección se refiere específicamente al pie de la Resolución, donde se indica la fecha de firma, que originalmente aparecía como «Madrid, 17 de septiembre de 2021», cuando debería ser «Madrid, 17 de diciembre de 2021». Esta rectificación se realiza en cumplimiento de la normativa vigente sobre corrección de errores en documentos oficiales, que establece la necesidad de mantener la precisión en la fecha de publicación y firma de las resoluciones. La corrección no afecta el contenido sustancial de la Resolución, sino únicamente su fecha de firma. La norma se publica en el BOE como una corrección, lo que implica que no se considera una nueva norma, sino una rectificación de una ya publicada. La corrección se realiza mediante un **Acto Administrativo** que se inscribe en el sistema de publicación oficial, garantizando su acceso y transparencia. La norma no introduce cambios en los valores αₜ y β, sino que solo corrige un error de redacción en la fecha de firma. La corrección se efectúa en el marco de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo general, que establece los mecanismos para la corrección de errores en actos administrativos. La norma no establece nuevos derechos ni obligaciones, sino que asegura la precisión de la información contenida en la Resolución original. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige un error en la fecha de firma de una Resolución publicada en el BOE. No modifica el contenido de la Resolución original, solo su fecha. La corrección se realiza en cumplimiento de la normativa vigente sobre actos administrativos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error**: Se corrige la fecha de firma de la Resolución de 17 de diciembre de 2021. ⚠️ **No modifica contenido**: La corrección no afecta los valores αₜ y β de la Orden ITC/2877/2008. 📋 **Publicación en BOE**: La norma se publica como corrección en el Boletín Oficial del Estado. ℹ️ **Normativa aplicable**: Se rige por la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo general. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 24 de diciembre de 2021 - **Materias**: Energía, biocarburantes, combustibles renovables, procedimiento administrativo - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: corrección de errores, Resolución, fecha, BOE, Orden ITC/2877/2008, Ley 39/2015 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta norma, la Resolución de 17 de diciembre de 2021, publicada en el BOE número 308 del 24 de diciembre de 2021, actualizaba los valores αₜ y β de la Orden ITC/2877/2008, pero contenía un error en la fecha de firma, que se indicaba como «17 de septiembre» en lugar de «17 de diciembre». Esta corrección es relevante porque garantiza la precisión de la información legal y fiscal, afectando a la aplicación de las fórmulas para el cálculo de los biocarburantes y combustibles renovables en el ámbito estatal, y por extensión, en las Comunidades Autónomas y dentro de la Unión Europea, donde se basan normativas similares.