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Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2022-3882Publicada: 12/03/2022MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Presidencia del Comisionado para el Mer ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución establece los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, incluyendo Ceuta y Melilla. 2. **CONTEXTO** La Resolución se emite en virtud de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. Se publican los precios propuestos por fabricantes e importadores, aplicables en las Expendedurías de Tabaco y Timbre. La norma entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 11 de marzo de 2022, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, incluyendo Ceuta y Melilla. Esta norma se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que otorga al Comisionado para el Mercado de Tabacos la competencia para fijar los precios de venta al público de las labores de tabaco, incluyendo los tributos aplicables. La Resolución detalla los precios de las labores de tabaco en diferentes categorías: cigarrillos, cigarros y cigarritos, picaduras de liar y picaduras de pipa. Por ejemplo, los cigarrillos Chesterfield Original 23 KS (23) tienen un PVP de 5,25 euros por cajetilla, mientras que el Manitou Nativo Blend N.º 5 Blue (20) se vende a 4,00 euros. En el caso de los cigarros, el Bolivar Belicosos Finos Reserva (20) tiene un PVP de 65,00 euros por unidad, y el Air Bender Guerrero (20) se vende a 11,35 euros. Para las picaduras de liar, como la American Spirit Original Orange (30 g), el PVP es de 5,20 euros, y para las picaduras de pipa, como el Cannibal Scary (50 g), el precio es de 3,50 euros. En Ceuta y Melilla, los precios son diferentes. Por ejemplo, el Cannibal Scary (50 g) se vende a 2,50 euros, mientras que el Dozaj Filomena (200 g) tiene un PVP de 7,95 euros. La Resolución establece que los precios incluyen todos los tributos aplicables, lo que significa que los establecimientos no pueden aplicar descuentos ni rebajas. La norma entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que implica que los establecimientos deben aplicar los nuevos precios inmediatamente. La Resolución es firmada por Luis Gavira Caballero, Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, y se publica en Madrid el 11 de marzo de 2022. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución fija los precios de venta al público de las labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre, en cumplimiento de la Ley 13/1998. Los precios incluyen tributos y son aplicables en toda la Península e Illes Balears, así como en Ceuta y Melilla. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de precios**: Se establecen los precios de venta al público de las labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre. ⚠️ **Aplicación obligatoria**: Los precios incluyen todos los tributos y no pueden ser modificados por los establecimientos. 📋 **Ámbito geográfico**: Aplica en toda la Península e Illes Balears, así como en Ceuta y Melilla. ℹ️ **Vigencia**: La norma entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 11 de marzo de 2022 - **Materias**: Mercado de tabaco, precios de venta al público, tributos, regulación del monopolio - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: precios de venta al público, tabaco, monopolio, tributos, Ley 13/1998 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Resolución de 2022, los precios de venta al público de las labores de tabaco en España estaban regulados por normativas estatales y autonómicas, con diferencias en la fijación de precios entre las Comunidades Autónomas y el Estado. Esta norma establece un marco uniforme para el área del Monopolio, incluyendo Ceuta y Melilla, al fijar precios de forma centralizada. Es relevante porque garantiza una aplicación coherente de la legislación en materia de tabaco, evitando disparidades que podrían afectar la competencia y el cumplimiento de obligaciones tributarias.

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