Orden MinisterialNacionalvigente

Orden HFP/168/2022, de 7 de marzo, por la que se regula el funcionamiento y estructura del Registro Estatal de las entidades interesadas en los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica.

BOE-A-2022-3713Publicada: 10/03/2022Ministerio de Hacienda y Función Pública

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HFP/168/2022, de 7 de marzo, por la que se regula el funcionamiento y estr ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HFP/168/2022 establece el funcionamiento y estructura del Registro Estatal de las entidades interesadas en los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE), con el objetivo de facilitar su registro y seguimiento. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto-ley 36/2020 introduce el concepto de PERTE como herramienta clave para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Esta norma establece que los PERTE son proyectos estratégicos que requieren la colaboración entre Administraciones, empresas y centros de investigación. Para su adecuado seguimiento, se crea el Registro Estatal de las entidades interesadas en los PERTE. La Orden HFP/168/2022 regula el funcionamiento y estructura de dicho registro. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HFP/168/2022, de 7 de marzo de 2022, regula el funcionamiento y estructura del Registro Estatal de las entidades interesadas en los PERTE. Este registro se establece como herramienta de seguimiento de las entidades que participan en los proyectos estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica, con el fin de garantizar su correcta implementación y transparencia. El Registro Estatal se crea en virtud del artículo 9 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, que establece que se pondrá en funcionamiento este registro para facilitar el seguimiento de las entidades acreditadas en los PERTE. La Orden HFP/168/2022 detalla los datos que deben aportar las entidades interesadas, incluyendo datos certificados por el responsable del ministerio competente, como la denominación de la entidad, su NIF, la sección-PERTE y proyecto al que se acredita, así como la agrupación con la que hace la propuesta conjunta. Además, se establecen datos adicionales, como la dirección postal, la forma jurídica de la entidad, su objeto social o actividad, el CNAE, si es Pyme, y si es entidad pública o privada. Estos datos se deben proporcionar en un fichero con estructura y formato que se publique en el sitio web de la Intervención General de la Administración del Estado. La Orden también establece una disposición transitoria única, que indica que, mientras no esté disponible la aplicación informática de la Intervención General de la Administración del Estado para el Registro Estatal, la información exigida en el artículo 9 se remitirá a través de registro electrónico dirigido a dicha institución. En cuanto a la entrada en vigor, la Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La norma se dicta al amparo del artículo 149.1.18.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases del régimen jurídico de las Administraciones públicas. Esta norma establece un marco claro para el registro y seguimiento de las entidades interesadas en los PERTE, facilitando su transparencia y control. Además, se establece un procedimiento transitorio para garantizar la continuidad del proceso de registro mientras se desarrolla la aplicación informática necesaria. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HFP/168/2022 regula el Registro Estatal de las entidades interesadas en los PERTE, estableciendo los datos a proporcionar y el procedimiento de registro. Se establece un marco de transparencia y control para el seguimiento de los proyectos estratégicos. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Registro Estatal de entidades interesadas en PERTE**: Se establece como herramienta de seguimiento de los proyectos estratégicos. ⚠️ **Procedimiento transitorio**: Mientras no esté disponible la aplicación informática, se utiliza el registro electrónico. 📋 **Datos a proporcionar**: Incluyen información certificada y datos adicionales sobre la entidad. ℹ️ **Entrada en vigor**: La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden HFP/168/2022 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 7 de marzo de 2022 - **Materias**: Colaboración público-privada, PERTE, Registro Estatal, Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden HFP/168/2022, no existía un registro estatal centralizado para las entidades interesadas en los PERTE, aunque el Real Decreto-ley 36/2020 ya establecía la necesidad de un mecanismo de seguimiento. En el contexto de las Comunidades Autónomas, existían registros locales o sectoriales, mientras que a nivel estatal se carecía de una herramienta unificada. La importancia de esta norma radica en la creación de un sistema centralizado que mejora la transparencia, la coordinación entre administraciones y la eficacia en la implementación de los PERTE, alineándose con los objetivos de la Unión Europea de promover la recuperación económica y la sostenibilidad.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →