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Orden JUS/146/2022, de 21 de febrero, por la que se crea la Unidad Administrativa-Oficina de la Fiscalía Europea en España y se aprueba su relación de puestos de trabajo.

BOE-A-2022-3408Publicada: 04/03/2022MINISTERIO DE JUSTICIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden JUS/146/2022, de 21 de febrero, por la que se crea la Unidad Administrativ ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden JUS/146/2022 crea la Unidad Administrativa-Oficina de la Fiscalía Europea en España y establece la relación de puestos de trabajo para su funcionamiento. 2. **CONTEXTO** La Fiscalía Europea es un órgano reforzado de la Unión Europea encargado de investigar delitos que afectan los intereses financieros de la UE y ejercer la acción penal. Su puesta en marcha se regula por el Reglamento (UE) 2017/1939. La Ley Orgánica 9/2021 establece la creación de una Oficina para apoyar a los Fiscales Europeos Delegados. La Orden JUS/146/2022 materializa esta creación en España con la creación de la Unidad Administrativa-Oficina y la definición de puestos de trabajo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden JUS/146/2022, de 21 de febrero de 2022, crea la Unidad Administrativa-Oficina de la Fiscalía Europea en España y establece la relación de puestos de trabajo que la componen. Esta medida se inscribe en el marco del Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, que establece la creación de la Fiscalía Europea como órgano reforzado de la Unión Europea con personalidad jurídica propia. Según el artículo 96 de dicho Reglamento, las autoridades nacionales deben proporcionar a los Fiscales Europeos Delegados los recursos y equipos necesarios para el ejercicio de sus funciones. La Ley Orgánica 9/2021, de 1 de julio de 2021, de aplicación del Reglamento (UE) 2017/1939, prevé en su artículo 16.2 la creación de una Oficina que será adscrita a funcionarios de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y la Administración de Justicia. La Orden JUS/146/2022 materializa esta creación en España, estableciendo la denominación de la Unidad Administrativa-Oficina y definiendo los puestos de trabajo que la componen. La Orden establece dos puestos de trabajo: "Tramitación Procesal y Administrativa" y "Auxilio Judicial". El primero tiene una dotación de cinco puestos, mientras que el segundo tiene una dotación de un puesto. Los requisitos comunes incluyen un nivel de inglés B2, y se valoran méritos como experiencia en sistemas de gestión procesal y conocimientos de inglés o francés. Los complementos salariales específicos se calculan en función del incremento acordado en el Acuerdo de la Mesa Sectorial de la Administración de Justicia de 15 de diciembre de 2021, con un porcentaje del 85% del incremento aplicable en 2022. La Orden también define el tipo de puesto como singularizado, la administración de procedencia como la Administración de Justicia, y la forma de provisión como concurso específico. Las funciones de los puestos se regulan en el artículo 4 de la Orden. El tipo de jornada es ordinaria, y los complementos específicos se detallan en la información final de la Orden. Esta norma se complementa con la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio de 1985, de Poder Judicial, que regula la figura de la unidad administrativa en su artículo 439, definiéndola como una estructura que, aunque no esté integrada en la Oficina judicial, se encarga de la gestión de recursos humanos y otros servicios en el ámbito de la Administración de Justicia. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden JUS/146/2022 crea la Unidad Administrativa-Oficina de la Fiscalía Europea en España y define los puestos de trabajo necesarios para su funcionamiento. Se establecen requisitos, méritos, salarios y procedimientos de provisión. La norma se inscribe en el marco del Reglamento (UE) 2017/1939 y la Ley Orgánica 9/2021. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Unidad Administrativa-Oficina**: Se establece como estructura para apoyar a los Fiscales Europeos Delegados. ⚠️ **Requisitos y méritos**: Se exige inglés B2 y experiencia en sistemas de gestión procesal, con valoración de idiomas. 📋 **Puestos definidos**: Dos puestos con dotaciones diferentes y salarios específicos. ℹ️ **Procedimiento de provisión**: Se establece como concurso específico, con administración de procedencia en la Administración de Justicia. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 21 de febrero de 2022 - **Materias**: Fiscalía Europea, Administración de Justicia, Puestos de trabajo, Recursos humanos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden JUS/146/2022, España no contaba con una estructura específica para la colaboración con la Fiscalía Europea, a diferencia de otros países de la UE que ya habían establecido mecanismos de cooperación en materia de delitos financieros. La creación de la Unidad Administrativa-Oficina de la Fiscalía Europea en España marca un avance frente a la situación estatal y autonómica previa, al materializar una normativa europea que exige la existencia de una Oficina nacional para apoyar a los Fiscales Europeos Delegados. Este cambio importa porque refuerza la capacidad de España para cumplir con su obligación internacional y mejorar la coordinación en la lucha contra delitos transnacionales.

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