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Ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la accesibilidad cognitiva y sus condiciones de exigencia y aplicación.

BOE-A-2022-5140Publicada: 01/04/2022Jefatura del Estado

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley Genera ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 6/2022 establece medidas para garantizar la accesibilidad cognitiva, regulando su exigencia y aplicación, y crea el Centro Español de Accesibilidad Cognitiva. 2. **CONTEXTO** La norma surge como respuesta a la necesidad de garantizar el acceso equitativo a la información y servicios para personas con discapacidad, en línea con el Derecho Internacional de los derechos humanos. Se basa en la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, ratificada por España, y busca reforzar la inclusión social. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 6/2022, de 31 de marzo de 2022, modifica el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre. El objetivo principal es establecer y regular la accesibilidad cognitiva, entendida como la capacidad de las personas con discapacidad para acceder a la información y a los servicios públicos en condiciones de igualdad. En el preámbulo, se afirma que la accesibilidad es una condición previa para que las personas con discapacidad puedan vivir de forma independiente y participar plenamente en la sociedad. Se menciona el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, que establecen el derecho a la igualdad ante la ley y al acceso a lugares y servicios públicos. La Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, aprobada en 2006 y ratificada por España en 2007, es clave en este marco. En su artículo 9, se establece que los Estados Partes deben adoptar medidas para garantizar el acceso de las personas con discapacidad a la información y a las comunicaciones, incluidos los sistemas y tecnologías de la información y las comunicaciones. Estas medidas deben aplicarse, entre otras cosas, a la señalización en formatos de fácil lectura y comprensión. Además, se menciona la obligación de promover otras formas adecuadas de asistencia y apoyo para asegurar el acceso a la información. La ley también establece la creación del Centro Español de Accesibilidad Cognitiva, cuya estructura, tareas y funcionamiento serán regulados por el Real Decreto 946/2001, de 3 de agosto, que se modificará en el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley. En cuanto a la competencia, la ley se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado, según el artículo 149.1.1.ª de la Constitución española. Además, se establece que el Gobierno deberá dictar disposiciones reglamentarias previa consulta al Consejo Nacional de la Discapacidad y a las comunidades autónomas. La entrada en vigor de la ley se produce el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, salvo en los casos en que implique modificaciones presupuestarias, que se aplicarán en el ejercicio presupuestario siguiente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 6/2022 establece un marco legal para garantizar la accesibilidad cognitiva, basado en el Derecho Internacional de los derechos humanos. Crea el Centro Español de Accesibilidad Cognitiva y establece obligaciones para el Estado y las administraciones públicas. Su entrada en vigor se produce en el plazo de un día después de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Accesibilidad cognitiva**: Se define como la capacidad de las personas con discapacidad para acceder a la información y servicios públicos. ⚠️ **Obligaciones del Estado**: Se establece la creación del Centro Español de Accesibilidad Cognitiva y la modificación del Estatuto del Real Patronato sobre Discapacidad. 📋 **Reglamentación**: El Gobierno debe dictar disposiciones reglamentarias previa consulta a las comunidades autónomas y al Consejo Nacional de la Discapacidad. ℹ️ **Derecho internacional**: La ley se basa en la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, ratificada por España. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 6/2022 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 31 de marzo de 2022 - **Materias**: Derechos de las personas con discapacidad, accesibilidad cognitiva, derechos humanos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 6/2022, la accesibilidad cognitiva no estaba regulada de forma específica en el marco jurídico español, aunque existían normas generales de accesibilidad física y digital. Esta norma introduce un marco más amplio y específico, alineándose con el Derecho Internacional, como la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. A nivel estatal, la Ley 1/2007 y el Real Decreto 1120/2011 establecían medidas de accesibilidad, pero no abordaban la accesibilidad cognitiva. A nivel de CCAA, algunas comunidades ya habían desarrollado normativas propias, pero la Ley 6/2022 consolida y homogeniza este marco, permitiendo una aplicación más eficaz y universal de los derechos de las personas con discapacidad. La importancia radica en garantizar un acceso equitativo a la información y servicios, promoviendo la inclusión social.

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