Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 216/2022, de 29 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 497/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

BOE-A-2022-4974Publicada: 30/03/2022MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 216/2022, de 29 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 1 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 216/2022 modifica la estructura orgánica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, con el objetivo de adaptarla a las necesidades derivadas de la crisis migratoria generada por el desplazamiento de personas de Ucrania hacia España. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 497/2020 establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, asignando a la Secretaría de Estado de Migraciones la responsabilidad de desarrollar la política en materia de extranjería, inmigración y emigración. La crisis provocada por la invasión rusa a Ucrania ha generado un aumento masivo de personas desplazadas que llegan a España, lo que requiere una reestructuración de la Secretaría de Estado de Migraciones. La Unión Europea, mediante la Decisión de Ejecución UE 2022/382, ha establecido un mecanismo de protección temporal para estas personas, lo que impone al Estado la necesidad de adaptar su estructura orgánica para hacer frente a esta situación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 216/2022, de 29 de marzo de 2022, modifica el Real Decreto 139/2020 y el Real Decreto 497/2020, con el fin de adaptar la estructura orgánica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a las nuevas exigencias derivadas de la crisis migratoria generada por el desplazamiento de personas de Ucrania hacia España. En concreto, el Real Decreto 497/2020, en su artículo 5, establece que la Secretaría de Estado de Migraciones debe desarrollar la política del Gobierno en materia de extranjería, inmigración y emigración, incluyendo la estructura orgánica hasta el nivel de subdirección general, según los artículos 5, 6 y 7. El Real Decreto 216/2022 introduce modificaciones que permiten fortalecer la estructura del Departamento en el ámbito de la Secretaría de Estado de Migraciones, con el fin de atender eficazmente a los solicitantes y beneficiarios de protección temporal desplazados de Ucrania. Para ello, se suprimen dos órganos: la Subdirección General de Programas y la Dirección General de Programas de Protección Internacional y Atención Humanitaria, según la Disposición adicional segunda. Además, se establece que las referencias al ordenamiento jurídico a los órganos suprimidos se entenderán realizadas a los que asuman las correspondientes competencias, o, en su defecto, al órgano del que dependían, según la Disposición adicional tercera. La Disposición transitoria única establece que las unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general, encuadrados en los órganos afectados, continuarán subsistentes y serán retribuidos con cargo a los mismos créditos presupuestarios, hasta que se aprueben las relaciones de puestos de trabajo adaptadas a la nueva estructura orgánica. La Disposición derogatoria única establece que quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto. Por último, la Disposición final única establece que el real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». El Real Decreto 216/2022 también incluye una Disposición adicional primera, que establece que el Ministerio de Hacienda y Función Pública llevará a cabo las modificaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de lo previsto en este real decreto. Este real decreto se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 29 de marzo de 2022, y fue firmado por el Presidente del Gobierno, Felipe R., y la Ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero Cuadrado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 216/2022 modifica la estructura orgánica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para adaptarla a la crisis migratoria generada por el desplazamiento de personas de Ucrania hacia España. Se suprimen dos órganos y se establecen medidas transitorias para garantizar la continuidad de los puestos de trabajo. El real decreto entra en vigor el mismo día de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones estructurales**: Se suprimen la Subdirección General de Programas y la Dirección General de Programas de Protección Internacional y Atención Humanitaria. ⚠️ **Necesidad de adaptación**: La crisis migratoria generada por el desplazamiento de personas de Ucrania requiere una reestructuración de la Secretaría de Estado de Migraciones. 📋 **Disposiciones transitorias**: Los puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a subdirección general continuarán subsistentes hasta que se aprueben nuevas relaciones de puestos. ℹ️ **Derogación normativa**: Quedan derogadas disposiciones que se opongan a lo establecido en el real decreto. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 216/2022 - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 29 de marzo de 2022 - **Materias**: Migración, protección internacional, estructura orgánica, seguridad social - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 216/2022, la estructura orgánica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones se regulaba mediante el Real Decreto 497/2020, que asignaba a la Secretaría de Estado de Migraciones la responsabilidad de la política migratoria. La Unión Europea, a través de la Decisión de Ejecución UE 2022/382, estableció un marco de protección temporal para los desplazados de Ucrania, lo que exigía una adaptación institucional en España. Este cambio refleja la necesidad de alinear la estructura estatal con las exigencias de la UE y la crisis migratoria, reforzando la coordinación entre las CCAA y el Estado para gestionar eficazmente la llegada masiva de personas.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →