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Resolución de 29 de abril de 2022, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, por la que se establece la planificación general de las actividades preventivas de la Seguridad Social a desarrollar por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social en sus planes de actividades del año 2022.

BOE-A-2022-7492Publicada: 07/05/2022MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 29 de abril de 2022, de la Secretaría de Estado de la Seguridad So ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 29 de abril de 2022 establece la planificación general de las actividades preventivas de la Seguridad Social que deben desarrollar las mutuas colaboradoras durante el año 2022, en cumplimiento de la normativa vigente. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se emite en el marco de la regulación de las actividades preventivas de la Seguridad Social, que son responsabilidad de las mutuas colaboradoras. Se basa en el Real Decreto 860/2018, que establece las actuaciones a desarrollar en este ámbito. Además, se refiere a la resolución de 7 de febrero de 2022, que fijó el porcentaje de recursos destinables a estas actividades. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 29 de abril de 2022, emitida por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, establece la planificación general de las actividades preventivas de la Seguridad Social que deben desarrollar las mutuas colaboradoras durante el año 2022. Esta planificación se fundamenta en el artículo 4.2 del Real Decreto 860/2018, de 13 de julio, que atribuye a la Secretaría de Estado la responsabilidad de planificar periódicamente las actividades preventivas de la acción protectora de la Seguridad Social, tal como se establece en el artículo 82.3 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. Además, la resolución se basa en la resolución de 7 de febrero de 2022, que fijó en un 0,7 por ciento de los ingresos por cuotas de contingencias profesionales el importe que las mutuas colaboradoras podrán destinar en 2022 al desarrollo de las actividades preventivas. Esta cifra se estableció en aplicación de los apartados 1 y 2 del artículo 4 del Real Decreto 860/2018, que regulan las actividades preventivas de la Seguridad Social. El artículo 2 del Real Decreto 860/2018 concreta las actuaciones que deben desarrollar las mutuas colaboradoras en el marco del plan de actividades preventivas. Por tanto, la presente resolución tiene por objeto organizar dichas actividades, racionalizar el uso de los recursos económicos disponibles y establecer los criterios y prioridades que deben regir su ejecución. La resolución también menciona que las actividades preventivas deben continuar con las que se vienen desarrollando, orientándose preferentemente a las que se prevén en el artículo 2.1 del Real Decreto 860/2018, que establece que estas actividades deben estar orientadas a la prevención de riesgos laborales y la protección de la salud de los trabajadores. En cuanto a las enfermedades profesionales, la resolución incluye una relación de sectores de actividad (CNAE) y códigos del cuadro de enfermedades profesionales, que se refieren a enfermedades causadas por agentes específicos, como la exposición a sustancias carcinógenas o a agentes que afectan la piel. Por ejemplo, el sector 2370 (corte, tallado y acabado de la piedra) está asociado al código 4A0101, 4A0102 y 6A0108, lo que indica que las mutuas deben prestar especial atención a las enfermedades profesionales derivadas de estas actividades. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece la planificación de actividades preventivas para las mutuas colaboradoras en 2022, siguiendo la normativa vigente. Establece el porcentaje de recursos destinables a estas actividades y menciona las enfermedades profesionales asociadas a ciertos sectores de actividad. La norma busca garantizar la protección de la salud laboral. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Establece la planificación de actividades preventivas para 2022. ⚠️ Fija un porcentaje de recursos destinables a estas actividades (0,7%). 📋 Incluye códigos de enfermedades profesionales según el CNAE. ℹ️ Se basa en el Real Decreto 860/2018 y en la normativa de la Seguridad Social. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 29 de abril de 2022 - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 29 de abril de 2022 - **Materias**: Seguridad Social, Prevención de Riesgos Laborales, Enfermedades Profesionales - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución de 2022, las mutuas colaboradoras ya realizaban actividades preventivas de la Seguridad Social, reguladas por el Real Decreto 860/2018 y la resolución de 2022 que fijaba el porcentaje de recursos destinables. Sin embargo, esta nueva norma establece una planificación general más específica y estructurada, reflejando una evolución hacia un marco más coordinado entre las CCAA, el Estado y la UE en materia de prevención laboral. Esta importancia radica en la necesidad de garantizar una actuación homogénea y eficaz en la protección de los trabajadores, alineando las políticas nacionales con los estándares europeos.

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