Real Decreto-leyNacionalvigente

Resolución de 4 de mayo de 2022, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se establece el procedimiento contable a seguir en las operaciones derivadas del procedimiento excepcional regulado en el artículo 2 del Real Decreto-ley 9/2022, de 26 de abril, por el que se adoptan medidas hipotecarias y de gestión de pagos en el exterior en el marco de la aplicación de las medidas restrictivas aprobadas por la Unión Europea en respuesta a la invasión de Ucrania.

BOE-A-2022-7317Publicada: 05/05/2022MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 4 de mayo de 2022, de la Intervención General de la Administración ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 4 de mayo de 2022 establece el procedimiento contable para las operaciones derivadas del procedimiento excepcional regulado en el Real Decreto-ley 9/2022, relacionado con la gestión de fondos en servicios del exterior. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto-ley 9/2022 introduce un procedimiento excepcional para la gestión de fondos en servicios del exterior, en respuesta a las medidas restrictivas de la Unión Europea. La presente resolución detalla cómo se debe aplicar el procedimiento contable en dichas operaciones. La norma busca facilitar el traspaso de fondos entre servicios del exterior de distintos ministerios y organismos estatales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 4 de mayo de 2022, publicada por la Intervención General de la Administración del Estado, establece el procedimiento contable a seguir en las operaciones derivadas del procedimiento excepcional regulado en el artículo 2 del Real Decreto-ley 9/2022, de 26 de abril. Este Real Decreto-ley introduce un mecanismo para la gestión de fondos en servicios del exterior cuando se presente una situación que imposibilite el movimiento de fondos desde España a otro país donde existan dichos servicios. El objetivo es permitir que los excedentes de fondos de un servicio del exterior puedan ser trasladados a otros servicios del exterior que tengan una situación deficitaria, con el fin de satisfacer obligaciones presupuestarias. De acuerdo con el apartado 5 del artículo 2 del Real Decreto-ley 9/2022, la presente resolución detalla el procedimiento contable a seguir en las operaciones derivadas de este procedimiento excepcional. El procedimiento incluye tres pasos principales: En primer lugar, los traspasos de fondos entre servicios del exterior se refieren al artículo 2 del Real Decreto-ley 9/2022. El traspaso se efectúa mediante el ingreso en el Tesoro al concepto no presupuestario 320504 «Procedimiento excepcional exterior Organismos artículo 2 RDL 9/2022». Una vez efectuado el ingreso en el Tesoro Público, el Organismo procederá a comunicárselo al Ministerio cedente de los fondos. En segundo lugar, con base en dicho ingreso, el Ministerio al que corresponda el servicio del exterior cedente de los fondos efectuará la reserva de saldos pendientes de compensar y la expedición de un documento contable PMP aplicado al concepto no presupuestario anterior, incluyendo los datos identificativos de la reserva y los descuentos por los ingresos a compensar. En tercer lugar, una vez realizada la reserva de saldos pendientes de compensar, el Ministerio al que pertenece el servicio del exterior cedente notificará a dicho servicio que, a la mayor brevedad, deberá proceder al traspaso de los fondos correspondientes al otro servicio del exterior. Para determinar el importe en moneda local del traspaso, se aplicará el tipo de cambio correspondiente al día del traspaso sobre el importe en euros ingresado en el Tesoro Público. Finalmente, los servicios del exterior del ministerio y del organismo afectados por el traspaso de los fondos deberán reflejar estos traspasos y el resto de sus operaciones en la cuenta de gestión correspondiente al trimestre en el que se hayan producido, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 938/2005. La resolución entra en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece un procedimiento contable detallado para el traspaso de fondos entre servicios del exterior en situaciones excepcionales. Se detallan los pasos a seguir, desde el ingreso en el Tesoro hasta la notificación del traspaso y la contabilización en la cuenta de gestión correspondiente. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Establece el procedimiento contable para traspasos de fondos entre servicios del exterior. ⚠️ Aplica un mecanismo excepcional para la gestión de fondos en situaciones de dificultad. 📋 Detalla los pasos a seguir desde el ingreso en el Tesoro hasta la notificación del traspaso. ℹ️ La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 4 de mayo de 2022, de la Intervención General de la Administración del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 4 de mayo de 2022 - **Materias**: Contabilidad pública, gestión de fondos, servicios del exterior, traspasos de recursos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 4 de mayo de 2022, no existía un procedimiento contable específico para gestionar las operaciones derivadas del procedimiento excepcional establecido en el Real Decreto-ley 9/2022, que respondía a las medidas restrictivas de la Unión Europea. Este mecanismo, vigente a nivel estatal, permitía el traspaso de fondos entre servicios del exterior de distintos ministerios y organismos, pero carecía de una normativa detallada sobre su contabilidad. La importancia de esta resolución radica en que establece un marco claro y uniforme para su aplicación, facilitando la transparencia y la coordinación entre las administraciones, alineándose con las normativas de la UE y mejorando la gestión financiera en contextos de restricciones internacionales.

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