Orden MinisterialNacionalvigente

Orden HFP/379/2022, de 28 de abril, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondientes a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se es

BOE-A-2022-7188Publicada: 04/05/2022MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HFP/379/2022, de 28 de abril, por la que se aprueban los modelos de declar ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden HFP/379/2022 aprueba los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes para establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en España, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021. 2. **CONTEXTO** La Orden HFP/379/2022 se emite en el marco de la normativa fiscal vigente en España, con especial relevancia en el ámbito de la declaración y el pago de impuestos por entidades con presencia internacional. Se basa en modificaciones introducidas por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. Esta norma establece cambios en el régimen tributario aplicable a determinados tipos de participaciones y transmisiones, con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero de 2021. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HFP/379/2022 se enmarca en el marco de la normativa fiscal española, con especial relevancia en el ámbito de la declaración y el pago de impuestos por entidades con presencia internacional. La norma aprueba modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aplicables a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021. Estos modelos se dictan con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los sujetos pasivos, así como el procedimiento de declaración e ingreso de dichos impuestos. La Orden se fundamenta en las modificaciones introducidas por la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, que afectan a los modelos de declaración. En concreto, dicha ley modifica el artículo 21 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, introduciendo cambios en la aplicación de la exención de dividendos y participaciones en beneficios. Según el artículo 21 de la Ley 27/2014, el importe de los dividendos o participaciones en beneficios de entidades y el importe de la renta positiva obtenida en la transmisión de la participación en una entidad y en el resto de supuestos a que se refiere el apartado 3 del artículo 21, a los que resulte de aplicación la exención prevista en el mismo, se reduce, a efectos de la aplicación de dicha exención, en un 5 por ciento en concepto de gastos de gestión referidos a dichas participaciones. Además, la Ley 11/2020 modifica el artículo 21 y 32 de la Ley 27/2014, eliminando el requisito alternativo de que el valor de adquisición de la participación sea superior a 20 millones de euros. Se introduce un régimen transitorio a aplicar por un periodo de 5 años a las participaciones adquiridas en los períodos impositivos iniciados con anterioridad al 1 de enero de 2021, que tuvieran un valor de adquisición superior a 20 millones de euros. Este régimen transitorio tiene por objeto garantizar la continuidad de la aplicación de la exención en los casos en los que se haya cumplido con el requisito de valor de adquisición, pero no se haya cumplido con el requisito de participación en el capital social. La Orden HFP/379/2022 también incluye anexos que detallan información adicional de ajustes y deducciones, bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador, y una reserva para inversiones en Canarias. Estos anexos son complementarios y proporcionan orientación específica sobre aspectos relacionados con la declaración de impuestos, como ajustes por variaciones en la valoración de activos, deducciones por gastos de gestión, bonificaciones para el personal investigador, y reservas para inversiones en la comunidad autónoma de Canarias. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HFP/379/2022 establece los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes para los períodos impositivos iniciados en 2021. Se basa en modificaciones introducidas por la Ley 11/2020, que afectan a la aplicación de exenciones y requisitos en el régimen de participaciones. La norma facilita el cumplimiento de obligaciones fiscales por parte de entidades con presencia internacional. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modelos de declaración**: Se aprueban modelos específicos para establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas. ⚠️ **Modificaciones legales**: Se basa en la Ley 11/2020, que introduce cambios en la exención de dividendos y requisitos de participación. 📋 **Régimen transitorio**: Se establece un periodo de 5 años para participaciones adquiridas antes del 1 de enero de 2021. ℹ️ **Anexos complementarios**: Incluye información sobre ajustes, bonificaciones y reservas para inversiones en Canarias. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden HFP/379/2022 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 28 de abril de 2022 - **Materias**: Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre la Renta de no Residentes, establecimientos permanentes, entidades en régimen de atribución de rentas - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden HFP/379/2022, la normativa fiscal española sobre impuestos para establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas en el extranjero se regía por disposiciones anteriores, como las aprobadas en el marco del sistema estatal y las normas de las Comunidades Autónomas (CCAA), que a menudo presentaban incoherencias o falta de armonización con la Unión Europea. La importancia de esta orden radica en su papel de actualización y estandarización de los modelos de declaración, facilitando la transparencia y la aplicación uniforme de los impuestos en el contexto de la integración europea y la regulación fiscal internacional.

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