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Resolución de 1 de abril de 2022, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España.

BOE-A-2022-5523Publicada: 06/04/2022Ministerio de Sanidad

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 1 de abril de 2022, de la Dirección General de Salud Pública, rela ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 1 de abril de 2022 establece los controles sanitarios en los puntos de entrada de España tras la fase aguda de la pandemia de COVID-19, modificando las medidas previamente vigentes. 2. **CONTEXTO** La Resolución de 4 de junio de 2021 estableció controles sanitarios para la prevención de la COVID-19, basados en el Real Decreto-ley 8/2021. Posteriormente, se han realizado modificaciones para adaptarse a la evolución de la pandemia y a los cambios legislativos. Con la superación de la fase aguda, se actualizan las medidas de control sanitario en los puntos de entrada, alineándose con la situación epidemiológica y los marcos europeos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 1 de abril de 2022, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece los controles sanitarios en los puntos de entrada de España tras la fase aguda de la pandemia. Esta norma sustituye a la Resolución de 4 de junio de 2021 y sus modificaciones, y se fundamenta en la Estrategia de vigilancia y control frente a la COVID-19 tras la fase aguda, que justifica la necesidad de revisar las medidas de control sanitario. La Resolución establece que los controles sanitarios se realizarán en los puntos de entrada, con la finalidad de garantizar la seguridad sanitaria y la protección de la salud pública. Se incluyen en el anexo I los datos que deben recogerse en el formulario de control sanitario, entre ellos la información relativa al viaje, la identificación personal, la localización y contacto del pasajero, datos epidemiológicos, el certificado de vacunación, prueba diagnóstica o certificado de recuperación, y la declaración responsable. En cuanto a la vigencia, la Resolución tendrá efectos desde su publicación y se mantendrá vigente hasta que el Gobierno declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, según lo establecido en el artículo 2.3 de la Ley 2/2021. En materia de recursos, la Resolución podrá ser impugnada en alzada ante la Secretaria de Estado de Sanidad dentro de un mes desde su publicación, conforme a los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015. La norma también se alinea con los marcos europeos, como la Recomendación (UE) 2022/107 del Consejo, que busca facilitar la libre circulación segura durante la pandemia, y con la normativa de protección de datos personales, incluida en el Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018. En cuanto a la eficacia, la Resolución se aplica directamente desde su publicación y no pone fin a la vía administrativa, lo que permite su revisión por parte de los interesados. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 1 de abril de 2022 establece nuevos controles sanitarios en los puntos de entrada de España, sustituyendo las medidas anteriores. Se basa en la evolución epidemiológica y en los marcos europeos, y permite la revisión administrativa de su contenido. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Sustitución de medidas anteriores**: La Resolución sustituye a la Resolución de 4 de junio de 2021 y sus modificaciones. ⚠️ **Vigencia condicionada**: La norma se mantendrá vigente hasta que el Gobierno declare la finalización de la crisis sanitaria. 📋 **Datos recogidos**: El formulario de control sanitario incluye información sobre viaje, identificación, certificados y declaración responsable. ℹ️ **Revisión administrativa**: La norma puede ser impugnada en alzada ante la Secretaria de Estado de Sanidad. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 1 de abril de 2022 - **Materias**: Salud pública, control sanitario, movilidad internacional, protección de datos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Controles sanitarios, puntos de entrada, pandemia, salud pública, certificados de vacunación, protección de datos ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 1 de abril de 2022, las medidas de control sanitario en los puntos de entrada de España se regulaban mediante la Resolución de 4 de junio de 2021, basada en el Real Decreto-ley 8/2021, y se adaptaban a la evolución de la pandemia. Estas normas estaban vigentes en el marco del sistema estatal, aunque las Comunidades Autónomas tenían cierta autonomía en su aplicación. La nueva resolución, alineada con la Estrategia europea de vigilancia y control, refleja una coordinación más estrecha entre el Estado y la UE, reforzando la coherencia con las directrices sanitarias comunitarias. Este cambio importa porque marca una transición hacia medidas más flexibles y adaptadas a la situación epidemiológica, integrando mejor la política sanitaria nacional en el marco europeo.

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