Resolución de 12 de mayo de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publican los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados, en envases de carga igual o superior a 8 kg, e inferior a 20 kg, excluidos los envases de mezcla para usos de los gases licuados del petróleo como carburante.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 12 de mayo de 2022, de la Dirección General de Política Energética ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 12 de mayo de 2022 establece los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados en envases de 8 a 20 kg, con efectos desde el 17 de mayo de 2022. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se emite en cumplimiento de la Orden IET/389/2015, que establece un sistema de determinación automática de precios máximos de venta de los gases licuados del petróleo. La Dirección General de Política Energética y Minas calcula y publica los nuevos precios bimestralmente, con efectos a partir del tercer martes del mes de revisión. La norma se aplica a suministros pendientes de ejecución a partir del 17 de mayo de 2022. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 12 de mayo de 2022, emitida por la Dirección General de Política Energética y Minas, establece los nuevos precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo envasados en envases de carga igual o superior a 8 kg y inferior a 20 kg. Estos precios se determinan en base a los cálculos realizados conforme al sistema establecido en la Orden IET/389/2015, de 5 de marzo, que actualiza el mecanismo de fijación automática de precios máximos. Según el artículo 3.5 de la Orden IET/389/2015, los precios máximos de venta al público se revisan con periodicidad bimestral y producen efectos a partir del tercer martes del mes en el que se efectúe la revisión. Asimismo, el artículo 6 de dicha orden establece que la Dirección General de Política Energética y Minas debe efectuar los cálculos necesarios para la aplicación del sistema y dictar las resoluciones correspondientes, que se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado». La presente resolución se aplica a todos los suministros de gases licuados del petróleo pendientes de ejecución el día 17 de mayo de 2022, sin perjuicio de que los pedidos correspondientes tengan fecha anterior. Se consideran suministros pendientes de ejecución aquellos que, a las cero horas del día 17 de mayo de 2022, aún no se hayan realizado o se encuentren en fase de realización. En cuanto a las autoridades competentes de la Comunidad Autónoma de Canarias y las ciudades de Ceuta y Melilla, estas podrán establecer variaciones en más o en menos sobre los costes de comercialización, conforme al artículo 4.3 de la Orden IET/389/2015. Los cálculos para determinar los nuevos precios se basan en diversos factores, como la cotización internacional del propano y el butano, los fletes, el tipo de cambio dólar/euro y los costes de comercialización. Por ejemplo, para el bimestre 2022/2, se consideró una cotización internacional de propano de 813,39 $/Tm, un flete de 17,30 $/Tm, un tipo de cambio de 1,132819 $/€, y se obtuvo un precio sin impuestos teórico de 124,1918 c€/Kg, con un desajuste de 23,8088 c€/Kg, lo que lleva a un precio final de 121,6989 c€/Kg. Para el bimestre 2022/3, se consideraron cotizaciones internacionales de propano y butano de 863,22 $/Tm, un flete de 19,00 $/Tm, un tipo de cambio de 1,091885 $/€, y se obtuvo un precio sin impuestos teórico de 131,6602 c€/Kg, con un desajuste de 29,9607 c€/Kg, lo que lleva a un precio final de 127,7838 c€/Kg. La resolución surte efectos desde el 17 de mayo de 2022, y contra ella puede interponerse recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía dentro de un mes a partir de su publicación, según los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución establece nuevos precios máximos de venta de los gases licuados del petróleo envasados, calculados según el sistema de la Orden IET/389/2015. Los precios se aplican a suministros pendientes de ejecución a partir del 17 de mayo de 2022. Se permite una variación en las comunidades autónomas de Canarias y en Ceuta y Melilla. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Aplicación territorial**: La resolución se aplica en todo el territorio español, incluyendo Canarias, Ceuta y Melilla. ⚠️ **Efectos**: Los precios se aplican a suministros pendientes de ejecución desde el 17 de mayo de 2022. 📋 **Cálculo de precios**: Se basa en cotizaciones internacionales, fletes, tipo de cambio y costes de comercialización. ℹ️ **Recursos**: Se permite interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía dentro de un mes. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 12 de mayo de 2022, Dirección General de Política Energética y Minas - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 12 de mayo de 2022 - **Materias**: Energía, precios máximos, gases licuados del petróleo, comercialización - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2022, los precios máximos de venta de los gases licuados del petróleo envasados estaban regulados por la Orden IET/389/2015, que establecía un sistema de fijación automática bimestral. Esta norma se aplicaba a nivel estatal, mientras que las Comunidades Autónomas (CCAA) no tenían competencia en este ámbito. La importancia de la Resolución de 2022 radica en que actualiza los precios máximos con efectos a partir del 17 de mayo, garantizando una regulación más actualizada y coherente con los mercados, lo que impacta en el sector energético y en los consumidores.