ResoluciónNacionalvigente

Terminación del Canje de Notas relativo a la fiscalidad de los rendimientos del ahorro entre el Reino de los Países Bajos, en nombre de las Antillas Holandesas y el Reino de España, hecho en Madrid y Willenstad el 26 de noviembre de 2004 y el 12 de abril de 2005.

BOE-A-2022-9982Publicada: 16/06/2022MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Terminación del Canje de Notas relativo a la fiscalidad de los rendimientos del ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución anuncia la terminación del Canje de Notas sobre la fiscalidad de los rendimientos del ahorro entre Países Bajos y España, que dejará de tener efectos jurídicos el 1 de enero de 2023. 2. **CONTEXTO** El Canje de Notas fue firmado en 2004 y 2005 entre Países Bajos (en nombre de las Antillas Holandesas) y España. Entró en vigor en 2005. En 2022, Países Bajos notificó su intención de terminar el acuerdo debido a cambios en la normativa fiscal europea. La terminación se rige por el artículo 13 del acuerdo, que establece que la denuncia surte efecto al finalizar el año civil en que se notifica. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de la Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez, de fecha 9 de junio de 2022, informa que el Canje de Notas relativo a la fiscalidad de los rendimientos del ahorro entre el Reino de los Países Bajos, en nombre de las Antillas Holandesas, y el Reino de España, firmado en Madrid y Willenstad el 26 de noviembre de 2004 y el 12 de abril de 2005, entró en vigor el 23 de noviembre de 2005. En junio de 2022, mediante Nota verbal de 3 de junio de 2022, los Países Bajos notificaron su intención de dar por terminado el acuerdo, en virtud de la derogación de la Directiva 2003/48/CE de 3 de junio de 2003 en materia de fiscalidad de los rendimientos del ahorro en forma de pago de intereses, y la incorporación de todos los territorios a la Convención sobre asistencia administrativa mutua en materia fiscal. De conformidad con el artículo 13 del Canje de Notas, que establece que «la denuncia surtirá efecto una vez concluido el año civil en que se haya comunicado», el Tratado dejará de tener efectos jurídicos el 1 de enero del año 2023. Este artículo 13 establece claramente el mecanismo de terminación del acuerdo, asegurando que la denuncia no tendrá efectos inmediatos, sino que se aplicará al finalizar el año en que se notificó. La Resolución también menciona que la notificación de terminación se realizó por parte de los Países Bajos, lo que implica que el acuerdo no se extingue de forma unilateral, sino que se sigue el procedimiento establecido en el propio texto del acuerdo. Este mecanismo garantiza un periodo de transición, lo cual es común en acuerdos internacionales para evitar rupturas abruptas en la cooperación fiscal. Además, la Resolución confirma que el Canje de Notas fue firmado en dos fechas distintas: el 26 de noviembre de 2004 y el 12 de abril de 2005, lo que sugiere que el acuerdo fue negociado en dos etapas, posiblemente para adaptarse a las necesidades fiscales de cada parte. La entrada en vigor del acuerdo fue formalizada el 23 de noviembre de 2005, lo que indica que se cumplió el plazo necesario para su implementación. La terminación del acuerdo se produce en un contexto de cambio normativo europeo, ya que la Directiva 2003/48/CE fue derogada, lo que generó la necesidad de reestructurar la cooperación fiscal entre los países involucrados. La incorporación de los territorios a la Convención sobre asistencia administrativa mutua en materia fiscal también fue un factor determinante en la decisión de Países Bajos de terminar el Canje de Notas. En resumen, la Resolución informa sobre la terminación del acuerdo en cumplimiento de los términos establecidos en el propio texto del Canje de Notas, lo que garantiza una transición ordenada y respetuosa con el derecho internacional. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución anuncia la terminación del Canje de Notas sobre la fiscalidad del ahorro entre Países Bajos y España, que dejará de tener efectos el 1 de enero de 2023. La decisión se basa en la derogación de una directiva europea y la incorporación de los territorios a una convención fiscal. El proceso se rige por el artículo 13 del acuerdo, que establece un periodo de transición. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Terminación del Canje de Notas**: El acuerdo dejará de tener efectos el 1 de enero de 2023. ⚠️ **Cambio normativo**: La derogación de la Directiva 2003/48/CE fue un factor clave. 📋 **Procedimiento legal**: La terminación se rige por el artículo 13 del acuerdo, que establece un periodo de transición. ℹ️ **Contexto internacional**: La incorporación de los territorios a la Convención sobre asistencia administrativa mutua en materia fiscal influyó en la decisión. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Resolución de la Secretaria General Técnica - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 9 de junio de 2022 - **Materias**: Fiscalidad, cooperación internacional, derecho internacional público - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Canje de Notas, fiscalidad del ahorro, cooperación fiscal, Directiva 2003/48/CE, Convención sobre asistencia administrativa mutua ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Canje de Notas de 2004 y 2005 entre España y los Países Bajos, existían regímenes fiscales distintos en cada Estado, con diferencias en la aplicación de la fiscalidad sobre los rendimientos del ahorro. Este acuerdo estableció un marco de cooperación para evitar la doble imposición y garantizar la equidad fiscal entre ambos países. La terminación del acuerdo, en el contexto de la evolución de la normativa fiscal europea, refleja la necesidad de adaptar los tratados a nuevas realidades jurídicas y fiscales, lo cual importa para la coordinación internacional y la eficacia del sistema tributario en la Unión Europea.

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