Orden HFP/604/2022, de 30 de junio, por la que se modifica la Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, por la que se aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, y el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre S
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden HFP/604/2022, de 30 de junio, por la que se modifica la Orden HFP/227/2017 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden HFP/604/2022 modifica el modelo 222 para incluir una nueva Parte 3 que permite comunicar variaciones en la composición del grupo fiscal, facilitando la actualización de la información ante la Administración Tributaria. **2. CONTEXTO** La Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades establece que las entidades que se integran o excluyen de un grupo fiscal deben comunicar dicha variación a la Administración Tributaria. Esta comunicación se realiza a través del modelo 222, específicamente en su Parte 3. La Orden HFP/604/2022 introduce cambios en este modelo para mejorar su funcionalidad y facilitar la gestión del régimen de consolidación fiscal. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden HFP/604/2022, de 30 de junio, modifica la Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, con el objetivo de actualizar el modelo 222, que se utiliza para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal. La principal novedad introducida es la incorporación de una nueva Parte 3 en el modelo 222, denominada «Comunicación de variación en la composición del grupo fiscal». Esta Parte 3 permite a las entidades representantes del grupo fiscal comunicar a la Administración Tributaria cualquier variación en la composición del grupo, como la integración o exclusión de nuevas entidades. Según el artículo 61.6 de la Ley 27/2014, las entidades que se integran en un grupo fiscal lo deben comunicar a la Administración Tributaria en la declaración del primer pago fraccionado al que afecte la nueva composición. Esta comunicación se realiza mediante el Anexo II Parte 3 del modelo 222. Además, el artículo 59 de la misma Ley establece que las entidades que se integran en un grupo fiscal lo harán obligatoriamente con efecto del período impositivo siguiente, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. En el caso de entidades de nueva constitución, su integración en el grupo fiscal se produce desde el momento de su creación, siempre que se cumplan los requisitos necesarios. Por otro lado, las entidades dependientes que pierdan su condición de dependientes quedarán excluidas del grupo fiscal con efecto del propio período impositivo en que se produzca dicha circunstancia. La Orden HFP/604/2022 introduce esta nueva Parte 3 en el modelo 222 para facilitar una comunicación más eficiente y actualizada ante la Administración Tributaria. Esta modificación se realiza en el marco del régimen de consolidación fiscal, regulado en los artículos 55 a 75 de la Ley 27/2014, y busca mejorar la gestión de este régimen tributario especial. La entrada en vigor de la Orden HFP/604/2022 se produce el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y será de aplicación por primera vez para las declaraciones de pagos fraccionados modelo 222 cuyo plazo de presentación comienza en octubre de 2022. Esta modificación refleja la necesidad de adaptar los modelos tributarios a los cambios en la estructura de los grupos fiscales, facilitando así la cumplimentación de obligaciones fiscales por parte de las empresas y la gestión por parte de la Administración Tributaria. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden HFP/604/2022 introduce una nueva Parte 3 en el modelo 222 para comunicar variaciones en la composición del grupo fiscal. Esta modificación busca mejorar la gestión del régimen de consolidación fiscal y facilitar la comunicación de cambios a la Administración Tributaria. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Nueva Parte 3 en el modelo 222**: Permite comunicar variaciones en la composición del grupo fiscal. ⚠️ **Cumplimiento obligatorio**: Las entidades integradas o excluidas deben comunicar los cambios en la declaración del primer pago fraccionado afectado. 📋 **Regimen de consolidación fiscal**: Regulado en los artículos 55 a 75 de la Ley 27/2014. ℹ️ **Entrada en vigor**: El día siguiente a su publicación en el BOE, aplicable a partir de octubre de 2022. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden HFP/604/2022 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 30 de junio de 2022 - **Materias**: Impuesto sobre Sociedades, Régimen de Consolidación Fiscal, Modelos Tributarios - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden HFP/604/2022, el modelo 222 no incluía una sección específica para comunicar variaciones en la composición del grupo fiscal, lo cual limitaba la capacidad de actualización de la información ante la Administración Tributaria. Esta norma se enmarca en el marco estatal de la Ley 27/2014, que establece obligaciones de comunicación en el régimen de consolidación fiscal, y se alinea con las prácticas de las Comunidades Autónomas y la Unión Europea, que también exigen transparencia en la estructura de los grupos fiscales. La importancia de esta modificación radica en su impacto en la cumplimentación obligatoria de los obligados a declarar, facilitando la gestión fiscal y la coherencia con los estándares internacionales.